Hay PENA DE MUERTE EN MËXICO.
México firmo justo en el
año de 1978 La Convención Americana de Derechos Humanos, o también conocido
como Pacto de San José, el cual entró en vigor el 18 de julio de 1978, y México
la ratificó el 24 de marzo de 1981.
De igual manera México forma parte del, Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, publicado en Diario Oficial de
20 de mayo de 1981 y que entró en vigor para México el 23 de junio del mismo
año, de cuyo artículo 6 se desprende que es deseable la abolición de la pena de
muerte. Derivado de ese Pacto, la Asamblea General de las Naciones Unidas
aprobó, el 15 de diciembre de 1989, el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de
muerte. Este Segundo Protocolo Facultativo obliga a nuestro país en atención a
que el instrumento de adhesión de México a él se realizó en la Ceremonia de
Tratados convocada por el Secretario General de las Naciones Unidas y entró en
vigor para México el 17 de junio de 2002. En el artículo 1º de este Segundo
Protocolo se previene que no se ejecutará a ninguna persona sometida a la
jurisdicción de un Estado parte en el presente Protocolo y cada uno de los
Estados parte adoptará todas las medidas necesarias para abolir la pena de
muerte en su jurisdicción.
Para terminar, en Asunción, Paraguay, el 8 de
junio de 1990, se aprobó el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos
Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte. Este Protocolo entró en
vigor el 28 de agosto de 1991 y nuestro país se adhirió al Protocolo el 28 de
junio de 2007. En el artículo 1º de este Protocolo se determinó que los Estados
partes no aplicarán en su territorio la pena de muerte a ninguna persona
sometida a su jurisdicción.
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