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lunes, 13 de agosto de 2012

INSTITUTO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA REGISTRAL DEL ESTADO DE MEXICO

SERVICIOS ELECTRÓNICOS
 

 REGISTRO DE CRÉDITO AGRÍCOLA

 Su sustento legal se encuentra en la Ley de Crédito Agrícola que no obstante de que ésta fue derogada por la Ley General de Crédito Rural de 1976, por virtud de que su artículo transitorio duodécimo señala que por lo que hace el Registro de Crédito Rural se regirá por la Ley de Crédito Agrícola, hasta en tanto no se expida el Reglamento del Registro Público de Crédito Rural.

 Por ministerio de ley corresponde a los registradores de la propiedad llevar éste registro; por ello las disposiciones del reglamento del registro público de la propiedad se extienden a ese registro.

¿Qué se puede inscribir en el Registro de Crédito Agrícola?

Sociedades de producción rural.

Unión de sociedades de producción rural.

Créditos refaccionarios

Crédito de habilitación o avío

Crédito Prendario.

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