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lunes, 13 de agosto de 2012

MECANISMOS PSICOSOCIALES Y ECONÓMICOS INFLUYENTES EN LA TRATA DE BLANCAS EN MEXICO 2012.


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I.              INTRODUCCIÓN

 El fenómeno de la trata de blancas mundialmente es uno de las actividades lucrativas más rentables del mundo y México no podía quedarse fuera de esta actividad criminal; que debido a su posición geográfica se ha convertido en un país de gran flujo de inmigrantes, y con ello se facilita la movilización de las victimas dificultando el rastreo de las mismas debido a que es un fenómeno globalizado.



Básicamente cuando se habla de “trata de personas” se habla de una forma de esclavitud mediante el secuestro, engaño, amenaza, fraude o violencia. Las victimas son reclutadas en su mayoría contra su voluntad y generalmente trasladadas a lugares diferentes al de su origen, lo que entorpece muchas veces darle seguimiento a las investigaciones y su posterior consignación a las autoridades.



Esto no solo es un problema mas de la sociedad, este en particular involucra muchos problemas juntos, ya que la trata de personas, es tanto un problema de carácter moral como un problema de crimen organizado, un problema migratorio, un problema de orden público, un problema laboral que a su vez refleja las deficiencias económicas de un país, región u entidad federativa y claro esta un problema de derechos humanos.



Cuando se habla de trata de blancas se debe hacer referencia  a un mercado que anualmente arroja una cantidad que oscila entre los 6 a12 billones de dólares, siendo así la tercera actividad ilegal que más ganancias reditúa, solo detrás del tráfico de armas y las drogas.



Dentro de esta investigación resulta indispensable abordar el tema no solo de manera cuantitativa sino también de forma cualitativa. Que nos permita hacer una análisis acerca del crimen, planteando un perfil criminal del delincuente que permitan mejorar la atención de las víctimas y proponer mediadas de control social de este comportamiento desviado; en nuestro país este enfoque puede considerarse aun como in explorado, ya que existe poca información teórica acerca de este fenómeno en su mayoría se hace referencia a documentos de otros países e incluso aun no se a tipificado este delito dentro de nuestro país.



En México no se ha avanzado lo suficiente en materia penal acerca de este problema y una de las causas es que aun no se ha justificado de forma fehaciente la naturaleza criminal de este fenómeno, podemos hablar de la trata de personas bajo una perspectiva fracturada y general con características aisladas, y lo que se pretende realizar en esta investigación es integrarlo como un estudio interdisciplinario que brinde información criminal con cierto enfoque empírico pues se basa en la percepción del estudiante.







































II.            PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN



2.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:



En esta investigación nos enfocaremos a hablar sobre la trata de Blancas o Tráfico de Personas en México fenómeno que en los ultimo años a tenido un crecimiento incontrolable debido a la facilidad con la que las personas se dejan envolver y la gran  necesidad que existe entre las personas, necesidades primordialmente básicas, por ello la Trata de Blancas tiene dentro de sus filas principalmente a personas de clase baja y no solamente a nivel nacional sino también internacional.



Como una realidad tangible en muchos estados de la republica representa un gran problema para el desarrollo económico, social y cultural, además de pasar por alto los derechos de las personas es un fenómeno que en los últimos años se a globalizado, es un conflicto donde intervienen diferentes factores como la migración, desempleo, secuestro y trafico de personas en ámbitos internacionales y al interior de nuestro país; las cuales se analizaran para poder establecer un marco teórico adecuado para la problemática en nuestro país, y con ello poder adecuarlo a lugares cada ves con características mas definidas, que se relaciones mas con las variables del entorno donde se analiza el problema.



Debemos de definir la situación de nuestro país frente a este problema, conocer los orígenes del mismo para poder entender su evolución, conceptualizando los términos y obviamente definiéndolos a partir de las instituciones que analizan dicho fenómeno, esto debido a que existe poca fundamentación teórica aplicada a nuestro país lo que dificulta el estudio del problema y su correlación con otros delitos, en México existe la necesidad de establecer un patrón de funcionamiento de estas organizaciones delictivas, para ello debemos de conocer los métodos de enganche, personas vulnerables, el modus operandis de los reclutadores entre otros aspectos.

La necesidad de definir cuales son los grupos mas vulnerables por los tratantes de blancas en México incluyen a mujeres y los niños, las personas indígenas, y los migrantes indocumentados, quienes debido a su edad, falta de fuerza, analfabetismo o necesidad son los más propensos, debemos saber cuales han sido los detonantes de tal vulnerabilidad para con ello poder prevenir el delito, siendo este el mejor medio de control. Tomaremos en cuenta los rasgos físicos que hacen atractivos a cada uno de estos sectores (mujeres, niños, personas indígenas y migrantes indocumentados), así como su situación económica, social, estado emocional, lugar de origen y los estados donde más se sitúa este problema, entre otros factores.



2.2 PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN





·         ¿Cómo conceptualizan los diferentes órganos nacionales e internacionales el fonómetro de la trata de blancas?

·         ¿Cuál será la situación  a nivel nacional y áreas mas afectadas por el fenómeno?

·         ¿Cuál será el entorno familiar de las personas engañadas por los tratantes de blancas?

·         ¿Cuales serán los métodos utilizados para el reclutamiento y formas de distribución?



          2.3 OBJETIVO GENERAL



Ø  Analizar los aspectos psicosociales que influyen en la trata de personas y su relación con los ámbitos sociales y económicos, a nivel nacional con referencias internacionales.

Ø  Diagnosticar de las Condiciones de Vulnerabilidad que Propician la Trata de Personas en México.



2.4 OBJETIVOS ESPECÍFICOS



Ø  Se investigaran las diferentes concepciones y orígenes acerca de la trata de blancas.

Ø  Se estudiaran los problemas derivados y relacionados con la trata de personas, a nivel nacional y se delimitara por regiones.

Ø  Se estructurara un análisis para conocer la situación de México frente a este problema, su inmersión dentro del contexto internacional y su posición jurídica.

Ø  Se plantearan medidas de prevención para la Trata de Blancas.

Ø  Se analizaran el desarrollo del fenómeno de la trata de blancas.



2.5 JUSTIFICACIÓN



Dentro de la realidad en la que diariamente nos encontramos inmerso, constituida por una dinámica social que se encuentra en constante cambio y que día con día se aúnan nuevos elementos que la vuelven más compleja, es necesario tener nuevas perspectivas sobre la trata de blancas que esté sustentada; no solamente en cuestiones empíricas sino también bajo el sustento bibliográfico, que nos permitan establecer procesos metodológicos y teóricos para poder abordar este tipo de fenómeno, que a pesar de que tiene mucho tiempo desde su aparición a ido evolucionando en conjunto con la sociedad.



La trate de blancas es un tema que ha tocado diferentes sectores de la población, desde los niveles más altos de la burocracia, como los sectores más vulnerables de la población, refiriéndose con ello a zonas marginadas y de extrema pobreza e incluso se aprecia la problemática dentro de grupos sociales cerrados como los migrantes, estudiantes, trabajadores; en conclusión es un problema que afecta a todo grupo de población, que no hace ninguna distinción de género ni de edad, derivado de ello radica la importancia de profundizar en el estudio y análisis de este problema, que permita emitir una estrategia viable para su prevención, castigo y seguimiento de su evolución.



Dentro de las habilidades académicas que ha de desarrollar un criminólogo se encuentra la capacidad de estudiar crímenes que sean de carácter interdisciplinario, como el que se presenta en la trata de blancas, con esta investigación se pretende además del enriquecimiento académico; el estudio de los elementos reales del delito, el análisis del comportamiento del delincuente y por objeto primordial su impacto social. Todo ello es de gran relevancia para poner en práctica lo aprendido dentro de las aulas y que el investigador se formule un juicio objetivo y razonable, que pueda ser difundido para coadyuvar a la mitigación del fenómeno de estudio.



2.6 METODOLOGÍA



En este apartado, se describen algunos de los métodos y técnicas empleados en el proceso de elaboración de la presente investigación.



En la primera parte de la investigación se hace referencia a los objetivos y descripción de la problemática, la investigación plantea una hipótesis que es una posible solución al problema, mediante un vínculo con los hechos encontrados durante el curso de la investigación con  información bibliográfica e investigación de campo; con ello podrá ser considerada como correcta o falsa, con esta característica se parte de un método hipotético-deductivo el cual se relaciona con la realidad y nos conlleva a conocer la problemática y plantear alternativas de solución factibles. Se considera deductivo ya que partiremos de un problema en particular, que conforme avanzaremos se relacionara con problemas más complejos y generales.



Para la realización de este trabajo es necesaria la implementación de técnicas de gabinete tales como recabar información en fuentes bibliográficas, analizar datos estadísticos para conocer los porcentajes de incidencia en este crimen, y el estudio cartográfico para saber su distribución a nivel nacional e internacional, además de ser de suma importancia para posteriores delimitaciones de la problemática en cuestión, definiendo el lugar donde se tienen mayores conflictos y la evolución del problema en función de las variables, que nos lleven a plantear las alternativas de solución representadas de forma grafica para su mejor entendimiento.



También se aplicaran técnicas de campo mediante la aplicación de encuestas utilizando la observación analizando el comportamiento de los entrevistados para definir si es información de confianza, ya que esto proporcionara información acerca de cómo se aprecia la problemática en el ámbito social. Posteriormente se visitara las áreas administrativas que competen para analizar el caso de estudio, y recolección de información de primera mano.



Así mismo se consultaran fuentes de información en medios electrónicos, estadísticas de INEGI, CONAPO, SEDESOL, DERECHOS HUMANOS Y DE LA ONU, para la integración del apartado cuantitativo.
 

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2.7         VIABILIDAD



A pesar de que este proyecto tiene orígenes muy antiguos, con múltiples problemas asociados al mismo, existe poca información científica acerca del análisis del mismo, dentro de la comunidad universitaria apenas comienza a tener un realce significativo para su estudio y dentro de las instituciones publicas la información es confusa, pues aun no la definen como tal y muchas veces es confundido el problema con robo o secuestro. Todo ello podría representar un impedimento para su realización pero en el transcurso de la misma se han encontrado fuentes nuevas que tal ves analizan el problema a partir de puntos de vista diferentes a la criminología; pero que sin duda alguna, proporcionan gran información.



A si mismo, debido a la perspectiva multidisciplinaria de la criminología se han podido aprovechar las investigaciones de diferentes áreas, que proporcionan perspectivas analíticas sobre lo sociedad frente a este problema, con ello se determina que a pesar de la poca información, se puede llevar acabo esta investigación con un gran trabajo bibliográfico, podemos argumentar que el tiempo deberá de ser bien administrado para poder recabar información interpretar resultados y  emitir algunas recomendaciones.



En cuanto a los costos de esta investigación podemos decir que no son gravosos en cuanto a la recopilación de información sin embrago, en algún proceso posterior que implique trabajo de campo aumentaran significativamente de acuerdo al numero de muestra que se valla a utilizar, por lo que no representara gran impedimento para la realización de este proyecto. Lo que puede llegar a representar una fuerte limitante será la obtención de testimonios de primera mano, debido a que la mayoría de las victimas son poco rastreables o aun viven con miedo, por lo que tendremos que basarnos en investigaciones ya elaboradas.



MARCO TEÓRICO:

CAPÍTULO I             HACERCA DE LA TRATA DE BLANCAS





1.1 ¿QUÉ ES LA TRATA DE BLANCAS O PERSONAS?



Para conceptualizar los orígenes de este crimen debemos de entender primero su definición, dentro del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, también llamado Protocolo de Palermo, que entró en vigor el 25 de diciembre de 2003 y es el instrumento que establece la definición del término trata de personas aceptada por los Estados firmantes. De acuerdo con el artículo 3º inciso a) del Protocolo:



…“trata de personas” se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esta explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”…[1]



1.2 ORIGENES



La trata de personas data de épocas muy antiguas pues se practica desde la conquista en donde las mujeres y las niñas africanas e indígenas “eran desarraigadas de su lugar de origen para ser comerciadas como mano de obra, servidumbre y/o como objetos sexuales”[2] (INMUJERES, 2006).

El fenómeno como tal se denominó trata de blancas a inicios del siglo XX, denominación que se utiliza para referirse al comercio de mujeres europeas y americanas para ser utilizadas en la prostitución en países árabes, africanos o asiáticos. Es hasta 1949 cuando se aprueba el Convenio para la represión de la trata de personas y la explotación de la prostitución ajena (INMUJERES, 2006).



Posteriormente en los 80s la denominación “trata de blancas” se transforma en trata o tráfico de personas para referirse al comercio internacional de mujeres, niñas, niños y adolescentes.



El tráfico de mujeres en América Latina y el Caribe tiene dos características, en primer término nos referiremos al tráfico interno, es decir, en el que las mujeres son trasladadas de una zona a otra dentro de su propio país, en segundo lugar, el tráfico externo, que se refiere a la extradición a otro país.



Para la jurista Susana Chiarotti, se puede hablar de nuevas modalidades de trata, tales como[3]:



Contrato de trabajo: en la que las redes de traficantes ofrecen empleos en el exterior ocultando la realidad.

Adopción: en la que la víctima ingresa legalmente al país y el “adoptante” la somete a condiciones de trabajo de explotación.

Matrimonio: a través de agencias matrimoniales en donde después del “matrimonio” con nacionales o extranjeros, las mujeres son prostituidas y  privadas de su libertad.



Los traficantes utilizan diversos métodos de control para retener a sus víctimas, entre otros: “la retención de documentos de identificación, viaje o de salud; la imposición de deudas por transporte, alojamiento, alimentación y otras necesidades básicas; las amenazas de informar su condición inmigratoria a las autoridades y los golpes y abusos físicos” (Chiarotti, 2003).



La trata de mujeres se debe a diversos factores, entre ellos, la desigualdad genérica y a la violencia que se ejerce en su contra por el solo hecho de serlo, la demanda de mano de obra barata, vacíos legales en la mayoría de los países y falta de acciones por parte de las autoridades. Es por eso que se requiere un serio compromiso por parte del Estado y de la sociedad para atacar este grave problema que vulnera los derechos humanos de sus víctimas.





1.3 DELIMITACIÓN CONCEPTUAL DE FENÓMENOS DELICTIVOS AFINES



Como venimos exponiendo, la trata de personas está íntimamente conectada con las migraciones, identificándose un significativo porcentaje de las víctimas con migrantes que quieren desplazarse hacia otros países.



La política de inmigración cero propuesta por los países receptores genera la irremediable aparición de una serie de conductas ilegales alrededor de los desplazamientos de personas: la inmigración irregular, ilegal o clandestina; el tráfico de personas y la trata de personas. Aunque tales actividades están íntimamente conectadas, presentan una naturaleza y alcance claramente diversos.



Su inexacta o errónea clasificación puede acarrear problemas de técnica legislativa, que dificultan en exceso el diverso control social formal que demanda cada actividad ilegal y genera una injustificada desprotección jurídica para determinados grupos de víctimas. Es por ello que entendemos necesaria la siguiente breve conceptuación, en aras de establecer las principales diferencias entre el tráfico de personas y la trata de personas.



El tráfico de personas



En el año 2000 se celebró en Palermo la Convención de Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional, que incorpora el Protocolo Contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire.[4] Dicho Protocolo define el tráfico ilegal de personas (denominado en inglés smuggling of migrants, es decir, contrabando de migrantes), en su art. 6: “la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material”.



No obstante, el Protocolo sólo se aplicará cuando estas conductas sean de carácter transnacional y entrañen la participación de un grupo delictivo organizado. En definitiva, para que exista tráfico ilícito de personas debe existir la facilitación a un extranjero por parte de una organización criminal con ánimo de lucro del acceso o entrada irregular, ilegal o clandestina a un Estado diferente al suyo.



La trata de personas



La citada Convención de Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional, también aborda la trata de personas en su Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños. Dicho Protocolo define claramente la trata de personas en su artículo 3.a) como …la captación, el transporte, el traslado, la acogida o recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”…



Siguiendo las anteriores definiciones dispuestas por Naciones Unidas, pueden identificarse las siguientes diferencias entre la trata y el tráfico de personas.



En primer lugar, la trata de personas criminaliza un amplio abanico de conductas: captar, transportar, trasladar, acoger o recibir personas. Es decir, la trata no es únicamente trasladar a un individuo de un país a otro con la intención de explotarlo (sexual o laboralmente); sino que, además incluye otro tipo de actividades como la captación o la recepción de personas. En cambio, el tráfico de personas exige necesariamente un desplazamiento, es un delito de movimiento.



En segundo lugar, la trata de personas exige una anulación o falta de consentimiento de la víctima objeto de la trata. El tratante debe utilizar algún medio comisivo para doblegar la voluntad de la víctima: coacciones, amenazas, intimidación, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad del sujeto pasivo, entre otros. De esta forma, cuando exista pleno consentimiento de la persona objeto de la conducta no existirá trata.



Por su parte, en el tráfico ilegal de personas nos aproximamos a lo que se denomina un delito sin víctima, la cual aparece difuminada en la Sociedad receptora. Porque el migrante está altamente interesado en el éxito final de la actividad delictiva. En consecuencia, el objeto de protección de la norma no es el migrante, sino el interés del Estado en regular los flujos migratorios.



En tercer lugar, las conductas de tráfico finalizan con la llegada de los migrantes al país de recepción, constituyendo el pago del billete el único ingreso que obtiene el delincuente; mientras que, en la trata de personas existe una finalidad de explotación de la víctima, que puede persistir a lo largo del tiempo, incluso después de haber llegado ésta a su destino.

Finalmente, el tráfico es una conducta trasnacional que implica la promoción o facilitación del desplazamiento irregular de una persona a un país distinto al suyo; en cambio, en la trata, no se exige dicha trasnacionalidad, ya que, en muchas ocasiones, las operaciones se realizan dentro un mismo país (trata interna) o entre países que forman parte de un mismo Organismo Supranacional, donde existe libertad para residir en los distintos territorios que lo componen (v.gr., Unión Europea). Por tanto, las víctimas de trata no necesariamente tienen que ser extranjeras, sino que el sujeto pasivo también puede venir configurado por los nacionales.



En definitiva, tráfico y trata de personas son conductas claramente diversas, y aunque la trata de personas suele estar relacionada con los procesos migratorios, no es una conducta destinada a vulnerar las normas migratorias de los Estados, sino que persigue la explotación de un tercero, con independencia de su nacionalidad o su residencia.





1.4 LA INMIGRACIÓN IRREGULAR, CLANDESTINA O ILEGAL



Las Organizaciones Internacionales no han dictado una definición legal de inmigración irregular, clandestina o ilegal. De forma simple, podríamos definir esta actividad como “aquella que va destinada a infringir las formas y procedimientos establecidos por los Estados para regular el acceso y permanencia de extranjeros a sus respectivos territorios”.



En la inmigración irregular, clandestina o ilegal, no existe la participación de las bandas organizadas, sino que el inmigrante actúa por su propia cuenta o, en su caso, auxiliado por otras personas que, con un ánimo fundamentalmente solidario, favorecen la entrada y/o permanencia del extranjero en el país.



Normalmente, los migrantes utilizan las redes sociales que han tejido otros migrantes de su misma familia, región o país en el Estado receptor para acceder al mismo sin cumplir los requisitos establecidos al efecto. Tales grupos de intermediarios actúan como canales de información sobre las formas de acceso al empleo, facilitan el alojamiento para las primeras semanas o meses de permanencia y, en algunos casos, sirven como sistemas financieros para sufragar los gastos primarios del recién llegado. Asimismo ayudan a superar el coste emocional y afectivo que conlleva el desplazamiento, haciéndose más atractivo o viable el mismo[5].



La prohibición de la inmigración irregular, clandestina o ilegal se realiza normalmente a través del ordenamiento administrativo y está destinada a proteger los intereses estatales en controlar los flujos migratorios.



































1.5 MODALIDADES DE LA TRATA DE PERSONAS



Las principales formas de explotación en el mundo se incluyen en la definición del Protocolo de Palermo. En la práctica, éstas se han manifestado de diversas maneras, entre las cuales hemos identificado las contenidas en el siguiente cuadro:



                CUADRO DE MODALIDADES DE LA TRATA DE PERSONAS[6]

TIPO DE EXPLOTACION

SECTORES DONDE SE EJERCE LA EXPLOTACION

SEXUAL

LABORAL

SERVIDUMBRE

FALSAS ADOPCIONES

COMISION DE DELITOS MENORES

TRAFICO DE ORGANOS

MILITAR

EXCLAVITUD

Prostitución forzada
Explotación sexual comercial infantil
Pornografía (fotografías, películas, Internet)
Turismo sexual
Relaciones sexuales remuneradas
Agencias matrimoniales
Embarazos forzados

Servicio doméstico
Fábricas, maquiladoras
Trabajo agrícola
Construcción, minas, pesca
Mendicidad

Matrimonio servil
Prácticas culturales o religiosas
Trabajo doméstico
Alquiler de vientres

Compra o venta de niños para adopción

Robos
Venta de drogas, armas, artículos robados

Sustracción, sin consentimiento o bajo coerción, de los órganos, tejidos o sus componentes

Soldados cautivos
Niños soldados

El estatus o condición de una persona sobre la cual se ejercen todos los poderes asociados al derecho de propiedad o alguno de ellos.
 













































En el caso concreto de México, veremos que las modalidades de la trata más recurrentes son las que tienen fines sexuales y laborales. Otras modalidades como la trata para fines de comisión de delitos menores o falsas adopciones también se dan en México, como lo veremos en el estudio de los casos asistidos por la oim, aunque se detectan todavía poco en el país. Recientemente, cabe mencionar que se ha hablado también de casos de trata con fines de extracción ilegal de órganos,[7] aunque sin conocer muy bien el modus operandi de estas redes, ni sus verdaderos alcances y consecuencias sobre las víctimas. Al respecto, la información sigue siendo escasa.



En resumidas cuentas, los fines y propósitos de la trata, tal y como se encuentran definidos en el Protocolo de Palermo, son muchos. A esto se agrega el que algunos términos de la definición, en ocasiones, resultan muy técnicos y al mismo tiempo poco explícitos. Consecuentemente, esto ha generado ciertas dificultades en el país para identificar adecuadamente situaciones de trata, y por ende para perseguir el delito y atender a sus víctimas.



A modo de ejemplo, como ya lo comentábamos, el término jurídico prácticas análogas a la esclavitud ha presentado ciertas dificultades de comprensión en México. Para entenderlo, es necesario remitirse a la Convención sobre la Esclavitud de 1926, y a la Convención Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud, adoptada en 1956. En ambos instrumentos, se define la “esclavitud” como:



“El estado o condición de un individuo sobre el cual se ejercitan los atributos del derecho de propiedad o algunos de ellos”. En otras palabras, a la persona que se encuentra en situación de esclavitud, se le despojó de su capacidad para decidir sobre su vida y para disponer de su libertad individual. “Pertenece” a otra persona, como si fuera un objeto, un medio o una mercancía. Es más, en algunas sociedades, esta condición se puede transmitir de generación en generación, lo que convierte a ciertas familias o grupos sociales, en esclavos por herencia. Es en este contexto que podemos entender mejor el sentido de las prácticas análogas a la esclavitud, las cuales incluyen, de acuerdo con la Convención Complementaria de 1956:



a) La servidumbre por deudas: el estado o la condición que resulta del hecho de que un deudor se haya comprometido a prestar sus servicios personales, o los de alguien sobre quien ejerce autoridad, como garantía de una deuda, si los servicios prestados, equitativamente valora dos, no se aplican al pago de la deuda, o si no se limita su duración ni se define la naturaleza de dichos servicios.



b) La servidumbre de la gleba: la condición de la persona que está obligada por la ley, por la costumbre o por un acuerdo a vivir y a trabajar sobre una tierra que pertenece a otra persona y a prestar a ésta, mediante remuneración o gratuitamente, determinados servicios, sin libertad para cambiar su condición.



c) Toda institución o práctica en virtud de la cual: i) una mujer, sin que la asista el derecho de oponerse, es prometida o dada en matrimonio a cambio de una contrapartida en dinero o en especie entregada a sus padres, a su tutor, a su familia o a cualquier persona o grupo de personas;



d) Toda institución o práctica en virtud de la cual un niño o un joven menor de dieciocho años es entregado por sus padres, o uno de ellos, o por su tutor, a otra persona, mediante remuneración o sin ella, con el propósito de que se explote la persona o el trabajo del niño o del joven.



En México, y de acuerdo con esta definición, podemos apreciar claramente que las prácticas análogas a la esclavitud son una modalidad muy recurrente, especialmente para las personas originarias de comunidades indígenas. Pero desgraciadamente, siendo su definición poco conocida por parte de los funcionarios públicos y prestadores públicos, existe un reto importante en materia de detección de casos de trata de esa índole.



1.6 RESUMEN DE CAPÍTULO



Podemos hablar que la trata de blancas surge de la necesidad de algunas personas por poseer a otras con fines lucrativos en muchas de las ocasiones las personas eran trasladadas a lugares diferentes a los de su origen, comenzó junto con la esclavitud y a partir de entonces a ido evolucionando tanto en la forma de engañar a las personas como en nombre, se vislumbran nuevos métodos de control por parte de los traficantes, aprovechándose de la gran desigualdad que existe en la sociedad, la falta de empleo, ignorancia entre otras variables.



Es importante definir la conceptualización del término trata de blancas, ya que tiende a confundirse con el de tráfico de personas y que por obvias razones puede acarrear problemas jurídicos. A pesar de que se han realizado diferentes tipos de convenciones a favor de  salvaguardar la integridad de las personas solo se han quedado en documentos, o solo pueden ser aplicadas cuando se trata internacionalmente el asunto.



Se puede definir la trata de personas de una forma simple; como la restricción de la libertad de una persona contra su voluntad o mediante engaños, chantajes de la que se obtiene un beneficio, mediante su explotación sexual, todo esto se ve facilitado por el fenómeno de la migración, que es un problema a nivel internacional, que a pesar de ello en todos tienen algunos aspectos en común la principal es la búsqueda de nuevas oportunidades laborales. Los tratantes de blancas aprovechan la vulnerabilidad de estas personas, que mediante engaños y abuso de la fuerza reclutan a los inmigrantes siendo este uno de los principales sectores que provee de personal para dicho ilícito.



Dentro de este capitulo también podemos hablar acerca de las modalidades de la trata de personas que nos ayuda a ubicar el delito de trata de blancas, en medio de las grandes variedades de explotación de personas, se analizaron las mas recurrentes en México y los fines y propósitos de cada una de ellas, con ello podremos definir de mejor forma de donde provienen las personas explotadas.



CAPITULO II            LA TRATA EN MÉXICO





2.1 MÉXICO, EL NÚMERO DOS EN LA TRATA DE BLANCAS


Hoy en día, México es el segundo país con más trata de blancas, después de Tailandia. Según un estudio de la Cámara de Diputados, la cercanía con Estados Unidos ha provocado que en algunos estados se incite al comercio de entre 16 y hasta 20 mil menores anualmente.



Es el municipio de Tapachula, en Chiapas, donde se realiza la mayor venta de mujeres, niñas y niños con fines de trata, quienes suelen ser trasladados a los estados de Oaxaca, Michoacán, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y el Distrito Federal.



"Manifestamos nuestra indignación y repudio total a esas prácticas delictivas; condenamos enérgicamente a los funcionarios que por omisión o comisión han actuado en complicidad con este tipo de organizaciones y hacemos un llamado a los tres órdenes de gobierno a sumar esfuerzos", apunta el texto que en las próximas sesiones llevarán a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.[8]



Con base en estadísticas de la organización internacional End Child Prostitution Child Pornography and Trafficking of Children for Sexual Purposes -ECPAT por sus siglas en inglés-, adolescentes centroamericanas son prostituidas en mil 552 bares y burdeles de Tapachula y otros municipios fronterizos." 50% de las niñas vendidas en la frontera sur son centroamericanas. Las principales víctimas son niños y jóvenes de cualquier estrato social: Sánchez Carreño.



2.2 EL SECUESTRO EN MÉXICO, VINCULADO A LA TRATA DE BLANCAS Y AL TRÁFICO DE ÓRGANOS[9]


 


Registra ganancias anuales calculadas en 32 mil millones de dólares, dice el funcionario de la CNDH. Las bandas de secuestradores que operan en México están ligadas a la trata de blancas y a explotadores sexuales nacionales e internacionales, mientras que sus principales víctimas son niños y jóvenes de cualquier clase social, aseguró Sadot Sánchez Carreño, director del programa contra la trata de personas de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).



Entrevistado en el Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), donde participó en la mesa de trabajo Explotación sexual de niños y adolescentes, el funcionario refirió que “la forma de operar de las bandas de trata de blancas es valiéndose de los secuestradores que operan para el crimen trasnacional, y que privan de su libertad a niños y jovencitas”.

Agregó que este delito (la trata de blancas) “ya está en tercer lugar, por debajo del narcotráfico y el tráfico de armas, con ganancias anuales aproximadas a los 32 mil millones de dólares”.



Según Sánchez Carreño, los delincuentes que enganchan o secuestran a menores de edad o a jóvenes para venderlos a traficantes de personas, lo hacen por tres modalidades: explotación laboral, sexual y de órganos humanos.

“Antes, el perfil de las víctimas correspondía a niños o jóvenes sumidos en la pobreza o en situación de calle, pero el Internet hoy está enganchando víctimas de cualquier condición social y económica. Hoy, las víctimas son de todos los colores, etnias, edades y posiciones económicas; nadie está exento de ser secuestrado con estos fines”, puntualizó.



En este sentido, el procurador de Justicia de Baja California, Rommel Moreno Manjarrez, informó el pasado miércoles en conferencia de prensa que las procuradurías de su entidad y Chihuahua colaboran en la búsqueda de Silvia Vargas Escalera –hija del empresario deportivo Nelson Vargas y Silvia Escalera, secuestrada en septiembre de 2007–, ante la sospecha de que su plagio esté relacionado con redes de tratantes de blancas.



En otro orden, el director del programa contra la trata de personas de la CNDH, Sánchez Carreño, reveló que México se encuentra posicionado en el segundo lugar respecto del número de bandas de pornografía infantil que operan en todo el país.



“España es la nación que mayores visitas recibe a sitios web relacionados con pornografía infantil, seguido de México”, agregó. Reveló que durante una reunión de organizaciones defensoras de los derechos humanos de menores de edad, realizada el mes pasado en Buenos Aires, Argentina, “un senador, quien es presidente de la comisión en contra de la trata de personas, señalaba que en ese país aprobaron una ley que permitió a sitios como Google abrir las redes y lograr que se tuviera el registro de cuando menos 7 mil pedófilos”.



Añadió que de acuerdo con un diagnóstico de 2005, elaborado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, entre 16 mil y 20 mil niños mexicanos son víctimas de traficantes de personas.



Durante la mesa de trabajo en el Inacipe, el diputado federal Othón Cuevas Córdova indicó que México ha firmado tratados internacionales en la materia, sin embargo aclaró que en el país aún es necesario instrumentar acciones para combatir delitos de este tipo.



“Hay que diseñar políticas públicas para combatir la trata de personas y las redes de pornografía infantil, pues son delitos que han aumentado de manera significativa en los últimos años”, puntualizó el legislador.



El subcomité de la Organización de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura inició una visita oficial a México con el objetivo de analizar posibles actos violatorios de los derechos humanos en los centros carcelarios. Informó lo anterior la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la cual añadió que la delegación está encabezada por Víctor Manuel Rodríguez Rescia. La delegación de la ONU se reunirá con funcionarios de la cancillería, Gobernación, Defensa Nacional, Seguridad Pública y Salud, así como de la Procuraduría General de la República, del Instituto Nacional de Migración y del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia. También sostendrá encuentros con representantes de gobiernos estatales, organismos autónomos de derechos humanos, organizaciones de la sociedad civil, así como con presos y sus familiares, “si fuera necesario”. De acuerdo con el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificado por México el 11 de abril de 2005, dicho subcomité tiene la facultad de visitar centros de detención y hacer recomendaciones a los países miembros.

2.3 EL FENÓMENO MIGRATORIO Y SU VINCULACIÓN CON LA TRATA DE PERSONAS



De acuerdo con el texto “Migración México - Estados Unidos: panorama regional”, elaborado por CONAPO en 2005, la intensidad migratoria de nuestro país se ha incrementado de manera sostenida a partir de la década de los 80, para llegar a niveles históricos en los 90 y continuar con la misma tendencia en la primera década del siglo XXI.



Según las Encuestas Sobre Migración en la Frontera Norte de México (EMIF), la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (2001) y diversas Encuestas Nacionales de Empleo, en México pueden identificarse cuatro regiones con diferentes tipos de dinámicas migratorias: 1) La región tradicional, que es la que tiene las mayores zonas de expulsión de migrantes, compuesta por 9 entidades del Centro-Occidente del país (Aguascalientes, Colima Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, San Luis Potosí y Zacatecas. 2) La Región Norte, que está compuesta por Baja California, Sonora, Coahuila, Chihuahua, Nuevo León, Tamaulipas, Baja California Sur y Sinaloa. 3) la Región Centro, la cual ha entrado, a partir de la década de los 90, en un fuerte dinamismo migratorio, y la cual incluye a: Hidalgo, Morelos, Puebla, Querétaro, Distrito Federal, Estado de México y Tlaxcala. 4) La Región Sur-Sureste, la cual ha comenzado a presentar una mayor intensidad migratoria a partir de mediados de la década de los 90 e incluye a: Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán.



Si bien la migración de México hacia los Estados Unidos ha sido predominantemente masculina, en el último quinquenio los datos aportados por las oficinas censales norteamericanas indican que 42% de los migrantes mexicanos son mujeres, de las cuales más del 30% migra por motivos de “reunificación familiar”; 47% va en busca de empleo, y sólo el 6% lo hace porque ya cuenta con un puesto de trabajo en los Estados Unidos. Lo anterior demuestra una abierta “feminización” de la migración.

Asimismo, hay mayor incidencia migratoria en la población joven la que más emigra: 8 de cada 10 migrantes en los últimos 15 años tenían entre 15 y 44 años al momento de emigrar, con un promedio de 25 años en el año 2000 y con un incremento significativo a 31 años de edad promedio en 2004. Los patrones de migración con respecto al papel que se tiene en el hogar están cambiando aceleradamente. Mientras que hace 15 años emigraban más los jefes de familia, ahora lo hacen los hijos: en efecto, entre los años 2000 y 2004, el 50% de los migrantes era un “hijo”; mientras que los jefes de familia representan 1 de cada 3 migrantes. Finalmente, debe decirse que la población que más emigra proviene mayoritariamente de regiones rurales (44%); le siguen localidades urbanas (38%) y finalmente localidades mixtas (18%).



Las tres entidades con mayores tasas de emigración, son Guanajuato, Michoacán y Jalisco, las cuales han expulsado a cerca de 40 mil personas cada año a partir del año 2000, con un incremento significativo en 2005.



La frontera entre México y Estados Unidos es la zona de mayor intensidad migratoria en el mundo; cada año se registran más de 30 millones de cruces, legales e ilegales, a lo largo de los más de 3 mil kilómetros de frontera compartida.



Los migrantes indocumentados de diferentes nacionalidades que realizan su trayecto por el territorio nacional son altamente vulnerables, debido a que viajan en medios de transporte de alto riesgo, utilizan caminos de extravío y en general lugares solitarios; pernoctan en sitios abiertos; desconocen las zonas por las que pasan; evitan el contacto con las autoridades, desconocen sus derechos (o prefieren no ejercerlos, si ello implica volverse visibles); se encuentran lejos de sus entornos de protección, no saben a quién acudir en caso de necesidad y desconocen las leyes del país. Así, su carácter de indocumentados los vuelve presa fácil de los delincuentes. Su intención de cruzar a Estados Unidos los hace vulnerables a falsas promesas y ofertas de trabajo o de traslado hasta su destino. Así, con frecuencia son víctimas del crimen organizado. Las mujeres migrantes, en particular, ven acentuada su condición de vulnerabilidad al ser víctimas de los secuestradores. Los abusos sexuales y la violación acompañan los eventos de secuestro de mujeres migrantes. En otras ocasiones sufren también la amenaza de ser prostituidas o de ser vendidas con fines sexuales a los tratantes de personas, lo que les implica un agravio adicional por el daño psicológico que conlleva ser amedrentadas de esa manera.[10]



En México existe además una intensa dinámica migratoria interestatal, la cual se da en la mayoría de los casos como cambios de residencia definitivos, pero en muchos otros se presenta en una modalidad que puede calificarse de “migración estacional”, vinculada básicamente a los procesos productivos del sector rural y en evidencia, a los ciclos agrícolas.



Desde 2002, se estima que cada año 3.7 millones de personas viajan alrededor de la República mexicana contratándose como jornaleros agrícolas en plantaciones que requieren de altas concentraciones de mano de obra en épocas de cosecha.[11]



Debido a que la mayoría de estas personas son contratadas bajo la modalidad del “pago a destajo” su registro ante las instituciones de seguridad social es muy bajo, lo que las convierte en personas y familias prácticamente “invisibles” para las instituciones públicas.



Debe agregarse que los hijos de los jornaleros agrícolas carecen de toda protección y de las condiciones apropiadas a una vida digna.



UNICEF-México, en su diagnóstico sobre las condiciones sociales de los niños jornaleros agrícolas, identificó a 15 entidades de la República con alta presencia de jornaleros. En estas entidades se encontraron a su vez 53 regiones de alta intensidad productiva en el sector rural, con una alta presencia de niñas y niños hijos de jornaleros.



Los perfiles socio-demográficos de los migrantes corresponden con los de las personas más vulnerables ante la trata de personas. De igual forma, las rutas identificadas –tanto de la migración interna como de los flujos migratorios de Centroamérica y México hacia los Estados Unidos de América– coinciden con las rutas de mayor incidencia de trata de personas.[12]



Puede afirmarse pues que hay vínculos estrechos entre el fenómeno migratorio y la trata de personas; y aunque se ha hecho énfasis en reiteradas ocasiones entre la diferencia que existe entre el tráfico de indocumentados y el delito de la trata de personas, es preciso destacar que la condición de migrante irregular abre la posibilidad a ser objeto de múltiples vejaciones, incluido el delito de la trata. Así se consigna en el Informe de la Comisión Mundial sobre las Migraciones Internacionales, 2005, donde se insiste en la necesidad de brindar protección adecuada tanto a víctimas del tráfico de indocumentados, como a las víctimas de trata.



2.3 Avanza legislación para prevenir la trata de personas en México


 


Hoy en día el delito de trata de personas se puede sancionar con penas que van de los seis a los 18 años de cárcel. ARCHIVO.



  • Del año pasado a la fecha, el gobierno mexicano en conjunto con la UNDOC ha llevado a cabo 90 actividades.



A cuatro años de que entrara en vigor la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, 28 entidades del país han incluido en sus códigos penales esos delitos y 11 cuentan con legislaciones locales en la materia, entre ellos Chiapas y Tamaulipas.



En el informe 'La trata de personas: reto en la defensa de los derechos humanos en el siglo XXI', la Subsecretaría para América del Norte de la cancillería define la trata de personas como la explotación de una persona en forma laboral, física o sexual para provecho de otros.



Esas acciones se cometen frecuentemente con promesas falsas de trabajo bien remunerado o, a veces, mediante la amenaza o la fuerza física. En ese sentido y como parte de los compromisos internacionales adquiridos por México al sumarse al llamado Protocolo de Palermo contra la Trata de Personas, el país estableció la ley correspondiente y modificó los códigos Penal y de Procedimientos Penales federales.



El objetivo es prevenir y sancionar la trata de personas, acto ilícito que la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNDOC) define como la tercera actividad delictiva más rentable en el orbe, después del narcotráfico y el tráfico de armas. Hasta la fecha, 28 estados de la República han modificado sus códigos penales; además han aprobado leyes en la materia Chiapas, el Distrito Federal, Hidalgo, Nuevo León, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz.



De acuerdo con el documento, México hace un esfuerzo para difundir el tema y sensibilizar a la población, a través de la 'Campaña Corazón Azul contra la Trata de Personas. Del año pasado a la fecha, el gobierno mexicano en conjunto con la UNDOC ha llevado a cabo 90 actividades en 28 estados, a las que han acudido más de 21 mil personas, detalló el informe.



Hoy en día el delito de trata de personas se puede sancionar con penas que van de los seis a los 18 años de cárcel, inclusive desde el grado de tentativa y con agravantes para el caso de funcionarios públicos que intervengan en su comisión.

El informe elaborado por David Nájera, Melissa Butrón y Juan Pablo Argueta, de la Subsecretaría para América del Norte de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), destaca los mecanismos que México ofrece para los extranjeros que son víctimas del delito en el territorio.



Destaca igualmente que Estados Unidos protege también a víctimas de ese acto ilícito que no sean ciudadanos de esa nación e incluso les ofrece estancia legal con permiso de trabajo hasta por cuatro años.



México considera éste como un delito especialmente grave y reitera su disposición a trabajar de manera conjunta con otros países, bajo el esquema de corresponsabilidad, ya que frecuentemente están involucradas bandas trasnacionales del crimen organizado, finaliza el texto.



2.5 RESUMEN DE CAPITULO



Se ha analizado la situación de México dentro de un contexto internacional definiendo los parámetros que han sido considerados por instituciones y organismos internacionales para situar a México, como el segundo país con mayor incidencia en este delito.



Se da un análisis acerca de como otro de los delitos mas alarmantes como lo es el secuestro tiene una estrecha relación con la trata de blanca, este es sin duda un grave problema que no respeta jerarquías de ningún tipo, y que sin embargo sigue sin ser investigado como se debe. A pesar de que la trata de personas es el tercer ilícito más rentable a nivel mundial, suele ser solo un debate político o un simple proyecto de otro precandidato a alguna gubernatura.



Las personas que son explotadas de esta forma sufren graves violaciones a sus derechos humanos y que sin duda son sometidas a una gran humillación, a pesar de ello al final de la explotación todavía queda un negocio rentable para los tratantes de blancas como es el trafico de órganos; muchas veces al termino de la vida útil para la trata, las personas son sometidas a los mercados negros de órganos donde terminar de aprovechar el cuerpo humano al 100 %.



Se define cuales son las entidades que presentan el mayor índice de migración y posteriormente se analiza la incidencia en el delito de trata de blancas para poder establecer una correlación de variables y ver que tanto una afecta a la otra para la propagación de este fenómeno, se ve que los gurpos mas vulnerables son los migrantes que debido a su condición de indocumentados, suelen ser fácilmente amedrentados aunándole a ello que muchas veces no hablan el español y otras tantas no saben que es lo que se les ofrece, facilitando de esta manera el engaño y reclutamiento. Pero esto no solo se da de forma internacional sino también al interior de nuestro país, donde la ignorancia es el mejor medio para el engaño. Con ello damos un vistazo acerca de lo que se ha hecho en materia legislativa para enfrentar esta problemática tan complejo.



CAPITULO III           PERFIL GENERAL DE LAS VÍCTIMAS DE TRATA





Las características que constituyen el perfil de las víctimas de trata asistidas por la oim en México no se circunscriben a un sólo aspecto de la realidad. Algunos de los rasgos que componen este perfil son el sexo, la edad, la nacionalidad, la lengua, el grado de escolaridad y el entorno familiar y social, por mencionar los de mayor importancia. Hacer énfasis en estos rasgos nos parece de suma relevancia, ya que su desconocimiento puede devenir prejuicios y generación de estereotipos, entre la población general, acerca de las víctimas de trata, lo cual puede llevar a desviar la atención de otros aspectos de mayor importancia.



Con la finalidad de evitar dichas concepciones y contribuir a la generación de políticas públicas más acertadas en materia de prevención y protección a víctimas de trata, es nuestra prioridad, en este capítulo, exponer el perfil general de 165 mujeres, hombres, adolescentes, niñas y niños, cuyas vivencias representan una muestra de las de miles de personas que experimentan los efectos negativos de este delito, no sólo en México, sino alrededor del mundo.



3.1 CARACTERÍSTICAS PERSONALES Y FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS.



A lo largo de nuestra experiencia en México, hemos podido comprobar que la trata de personas es un fenómeno que afecta tanto a mujeres como a hombres; no obstante, siguen siendo las mujeres el grupo de mayor incidencia de este fenómeno: en términos porcentuales, observamos que más del 80% de la población atendida fueron mujeres, mientras que los hombres constituyeron poco menos del 20%. Así, la mayoría de las víctimas asistidas fueron mujeres de entre 8 y 22 años de edad, provenientes de zonas rurales y suburbanas de países centroamericanos.



En cuanto a la edad de las víctimas, nos encontramos ante un rango abismalmente amplio, que va desde los 2 meses hasta los 50 años. En general, vemos que la población más afectada fueron los menores de edad, quienes constituyeron casi el 70% del total de las personas atendidas, destacando el grupo de las y los adolescentes de entre 13 y 17 años. El porcentaje restante se conformó por mayores de edad, principalmente adultos jóvenes de 18 a 30 años, aunque también se registraron casos de hombres y mujeres de entre 40 y 50 años, lo que nos permite descartar el mito de que sólo las personas jóvenes se pueden ver expuestas a la trata de personas.



Respecto a la procedencia de las personas atendidas, encontramos una gran variedad de nacionalidades, ya que se registraron 12 países de origen, entre ellos: Guatemala, Honduras, México, Costa Rica, Colombia, El Salvador, Argentina y otros países de África, Asia y Europa (cuadro 5). El idioma más común entre las víctimas fue el español, pero también se registró el uso del quiché,36 inglés, húngaro, japonés y francés. Hemos de señalar que, dentro de este mosaico lingüístico, la mayoría de las víctimas logró comunicarse en español con quienes les asistieron.



Cuadro de las Nacionalidades de las personas asistidas por la oim México






En cuanto a víctimas de origen indígena, el porcentaje alcanza más de la mitad del total de las personas asistidas por la oim, quienes corresponden básicamente a los grupos de niños y niñas víctimas de trata laboral en mendicidad, todos de nacionalidad guatemalteca.



La situación familiar de las víctimas representó un factor de vulnerabilidad importante: 32 de las personas asistidas por la oim eran madres solteras de 1, 2 o hasta 5 hijos. En la mayoría de los casos, se trataba de mujeres cuyas parejas habían abandonado el núcleo familiar; consecuentemente, estas mujeres se habían convertido en las únicas responsables de la manutención de toda la familia. Resulta evidente que, en una situación así, su vulnerabilidad ante los tratantes era extremadamente alta. Cabe mencionar que 8 de estas mujeres tuvieron hijos en México mientras recibían asistencia de la oim, de modo que también se brindó ayuda a los recién nacidos.

3.2 EDUCACIÓN Y OCUPACIÓN PREVIA


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A pesar de que la información relativa a la alfabetización y grado de escolaridad de las víctimas sólo se registró en la mitad de los expedientes, salt a la vista el hecho de que éstas no alcanzaban, en la inmensa mayoría de los casos, niveles altos de estudios: la persona era analfabeta en algo más del 10 % de los casos mencionados, mientras que en menos del 40 % sólo sabía leer y escribir; dentro del porcentaje restante, la mayoría de las personas había cursado hasta el tercer año de primaria. Se registraron también, aunque en menor medida, casos en los que la víctima llegó a realizar estudios de secundaria, bachillerato e, incluso, técnicos o universitarios.



La presencia de sobrevivientes con niveles de educación altos contribuye a romper otro de los mitos de la trata, que pretende que sólo las personas con baja escolaridad son susceptibles de ser víctimas; sin embargo, algo hay de cierto en esta afirmación, ya que la limitada escolaridad de la mayoría de los afectados implicó ocupaciones de baja remuneración como obreros, trabajadores agrícolas, meseras, bailarinas o empleadas domésticas. Más certeramente, podemos mencionar que el aumento de las tasas de desempleo, la falta de oportunidades laborales para los jóvenes titulados y la mala remuneración de los trabajos son factores de vulnerabilidad que, muy a menudo, son aprovechados por los tratantes. Podemos concluir entonces que la desprotección económica y social fue un causante para que estas personas cayeran más fácilmente en la trata.



Algo similar ocurrió con aquellas víctimas que reportaron ser desempleadas o estudiantes, en su mayoría, niños y adolescentes guatemaltecos de ambos sexos, quienes, dada su condición de menores de edad, no desempeñaban ocupaciones remuneradas antes del proceso de trata.



De acuerdo con el estudio regional La Experiencia de las Mujeres Víctimas de Trata en América Central y República Dominicana y la Actuación de las Instituciones, la pobreza es uno de los factores determinantes de la trata de personas; no obstante, dada la complejidad del fenómeno, no es certero identificarla como causa por sí sola. Nos parece más acertado tomar en cuenta factores de exclusión social como los bajos ingresos, la falta de acceso a los mercados de trabajo, a la propiedad, a los créditos, a los servicios educativos, sanitarios, urbanos y a los recursos productivos.[13] Esta exclusión ha afectado particularmente a las mujeres, quienes realizan trabajos tradicionalmente asignados por su sexo (bailarina, modelo, empleada doméstica, ama de casa) y usualmente ubicados dentro de la economía informal, lo que las expone a la falta de protección legal, social y económica, así como a condiciones de explotación, aumentando los riesgos de caer en las redes de trata.



3.3 ENTORNO FAMILIAR Y SOCIAL



La escasa remuneración de los empleos desempeñados por las víctimas en sus países de origen, en países de tránsito o en México desencadenó una serie de condiciones, como pobreza y marginación social, que convirtieron a la idea de migrar y las falsas promesas de los tratantes en opciones atractivas. El contexto económico, social y emocional es importante para comprender los factores que hicieron vulnerables a estas personas, así como las expectativas que albergaban respecto de las ofertas hechas por los tratantes. El haber sufrido algún tipo de violencia previa a la trata fue un común denominador entre las víctimas. Casi en el 90% de los casos, las personas experimentaron violencia dentro del ámbito familiar, social, laboral o bien, bajo condiciones externas como la inseguridad y los conflictos en sus países. El deseo de huir de esta violencia motivó, en algunos casos, la salida del lugar de origen y fue detonante del proceso de trata.









Violencia familiar y sexual



En términos generales, la violencia familiar se refiere al ejercicio abusivo del poder o la omisión intencional para dominar, controlar o agredir a uno o varios miembros de un núcleo familiar, mientras que la violencia sexual constituye una agresión que degrada el cuerpo y la sexualidad de la víctima. En los casos asistidos, ambos tipos de agresión fueron estimulados por problemas como el alcoholismo y la drogadicción, tanto en familiares como en las personas sobrevivientes.



Los testimonios recopilados por la oim hicieron notar que el entorno familiar de las víctimas no era, en la mayoría de los casos, el más adecuado para ellas, a pesar de habitar y convivir con miembros de su familia nuclear[14]  o con parientes cercanos.[15] Por el contrario, este ambiente se tornó en manifestaciones violentas como la desintegración de las familias o el abandono total o parcial de uno o ambos padres, particularmente en los casos de niñas y mujeres que, además, sufrieron agresiones físicas, verbales, sexuales y daños psicológicos durante la separación de sus padres o el rompimiento de su relación sentimental. Algunas de ellas fueron también víctimas de violación sexual, generalmente cometida por hombres con un grado de consanguinidad o familiaridad cercano, como el padre, padrastro, hermanastro, tíos o primos. Cabe mencionar que algunas niñas y mujeres,[16] antes de la experiencia de trata en México, se encontraban bajo el cuidado y custodia de una ong o del Estado, por haber sido víctimas de violencia familiar o de explotación sexual.



Violencia laboral y económica



En la mayoría de los países, la violencia laboral y económica es causa y efecto de la pobreza, el desempleo y la explotación de las personas. En el caso concreto de las personas asistidas por la oim México, ambos tipos de violencia determinaron sus aspiraciones al momento de recibir las ofertas de los tratantes, lo cual las hizo concebir la idea de emigrar como una estrategia generadora de recursos que les permitiría sobrevivir y sostener a sus familias. En este sentido, países como Guatemala y Honduras fueron los más representativos de la trata en México, ya que en ellos, principalmente, se generaron las condiciones detonantes de desempleo y pobreza que impulsaron a la mayoría de las víctimas a migrar. Según un estudio de la oit en 2006, Guatemala y Honduras son los países que registran una menor proporción de trabajo asalariado, con 42.9% y 44.6% para el área nacional, respectivamente,[17] lo que refleja una importante tasa de la población ocupando empleos en el sector informal, más precario y desprotegido. A continuación exponemos algunos índices para ambos países: Pobreza en Guatemala Más de la mitad de su población vive en la pobreza. Según datos del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (pnud), en el año 2006, había en este país 6.6 millones de pobres, de los cuales casi medio millón eran personas en condiciones de pobreza extrema. La pobreza es mucho mayor en las zonas rurales y entre los menores de 18 años, siendo las mujeres las más susceptibles de caer en situaciones de pobreza.[18]



Pobreza y desempleo en Honduras Se encuentra entre los países más pobres de América Latina y el Caribe. Al año 2002, el 62.9% de su población vivía en la pobreza. En la zona rural reside el 53% de los habitantes y esta área alcanza niveles de pobreza del 85%. Predomina una economía de subsistencia, principalmente agrícola, y una reducida interacción con los mercados[19]. A finales de 2009, aunque el índice oficial de desempleo era de tan sólo 3.6%, el paro aumentó por la crisis económica mundial, la inestabilidad política en el país y el despido de personal en las empresas como consecuencia de un aumento al salario mínimo a nivel nacional.



Estos datos corroboran los escenarios generadores de la trata en las comunidades de origen del mayor número de las personas asistidas. Por lo general, se observa un aumento en las tasas de desempleo, trabajos mal remunerados y escasez de oportunidades para el desarrollo personal, siendo estos hechos los detonantes de la determinación de emigrar, además de representar factores de alto riesgo de captación por parte de los tratantes. En concordancia con lo anterior, pudimos observar que la violencia laboral motivó a muchas niñas y mujeres que se desempeñaban en el servicio doméstico, el sector agrícola, industrial o hasta en el comercio sexual, a buscar mejores alternativas laborales que les garantizaran mayor remuneración, pero también condiciones de trabajo más dignas, ya que, generalmente, trabajaban en un contexto de violencia física y psicológica, soportando largas jornadas, la retención de sus pagos o pagos insignificantes, lo cual, desafortunadamente, las llevó a caer en una situación de trata.



Aspiraciones personales



Al igual que la violencia, el deseo de mejorar sus condiciones de vida llevó a las víctimas a una situación de vulnerabilidad que culminó con la trata. Particularmente notoria, en este sentido, es la idea de cumplir el “sueño americano” o de trasladarse a países con mejores índices socioeconómicos, con el objeto de mejorar su calidad de vida y su poder adquisitivo. Esta percepción fue la motivación de casi el 76% de las víctimas, que emprendieron el viaje a México únicamente con el deseo de encontrar una fuente de empleo u obtener un trabajo mejor remunerado, mientras que poco menos del 7% lo hizo con la intención de trasladarse hacia los Estados Unidos o Canadá. El porcentaje restante corresponde a los casos de algunas personas que querían llegar a México con el propósito de aumentar su nivel educativo, escapar de la violencia en sus hogares o mantener o crear una familia. Ejemplo de esto último es el caso de una mujer, cuyo deseo de formar una familia fue aprovechado por un hombre, en el extranjero, para poner en situación de trata a su hija de diez años. Todas estas aspiraciones pusieron en peligro de explotación a las personas, ya que permitieron a los tratantes engañarlas con mayor facilidad durante el proceso de reclutamiento en México o en los países de origen.



Delincuencia sistemática



La violencia que se produce de manera sistemática, como resultado de la delincuencia o el crimen organizado, en los países de origen de las personas que fueron atendidas por la oim ha sido una característica que deriva en el señalamiento de las pandillas juveniles denominadas “maras”,[20] que operan en la región Centroamericana. Las maras más conocidas son la Mara Salvatrucha (ms) y la Mara Dieciocho (m18), rivales entre sí. Estos grupos se caracterizan por estar rigurosamente organizados y operar fuera de la ley; su modus operandi puede llegar a ser brutalmente agresivo, al grado de involucrarse en actividades como la venta de armas, drogas, el tráfico de migrantes y la trata de personas. La actividad criminal de estas pandillas ha provocado la emigración anual hacia México de miles de personas originarias de Honduras y El Salvador, quienes se ven expuestas, durante todo su recorrido, al proceso de la trata y a todo lo que implica.



Persecución



El término persecución se relaciona con el derecho internacional de los refugiados y significa una violación grave a los derechos humanos, dado que, en muchos de los casos, provoca la salida forzada de las personas de su país de origen por el temor de regresar a éste. La protección a los refugiados está contemplada en diversos instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos, así como en la legislación mexicana.



Del total de las personas sobrevivientes identificadas por la oim fueron cuatro las que, después de haber logrado huir de su país por razones de persecución, se vieron involucradas en la trata de personas durante su estancia en el lugar de destino. De éstas, solamente una decidió iniciar los trámites para solicitar, ante la COMAR, asilo en México. Tomando en cuenta que al final del procedimiento de análisis del caso, no se le otorgó la condición de refugiada a esta persona, ella pudo recibir asistencia integral de parte de la oim como víctima de trata, y se la apoyó para tramitar una visa por razones humanitarias, lo que le permitió establecerse en México.



Debido al carácter mixto de los flujos migratorios que se presentan en México, el aumento de casos de víctimas de trata con necesidades de protección internacional ha llamado la atención del ACNUR y de la oim, quienes impulsaron desde el año 2009 la creación de lineamientos para la detección y protección de estas personas doblemente vulneradas. Actualmente, ambos organismos trabajan estos mecanismos con la FEVIMTRA, la COMAR y el INM, con la intención, principalmente, de fomentar el respeto al principio de no devolución al lugar donde la vida, libertad o seguridad de las personas se vean amenazadas y de garantizar el acceso al procedimiento de asilo y la protección del Estado Mexicano, de acuerdo con los lineamientos internacionales y nacionales establecidos.



3.4.     El proceso de la trata de personas



Como mencionamos en el marco conceptual, la trata de personas constituye un proceso para los individuos que se ven implicados en alguna de sus etapas o en todas ellas, a saber: el enganche o reclutamiento, el traslado o desarraigo de la comunidad y la explotación. A efectos de los objetivos del presente diagnóstico, agregaremos a esta secuencia la salida de la explotación como un momento clave, que marca el inicio de una nueva etapa en la vida de las personas sobrevivientes de la trata. Así pues, en el presente capítulo expondremos los diferentes modos en que la trata ha afectado a las víctimas y ha representado para ellas experiencias traumáticas, que han resultado en consecuencias negativas para sus vidas, las de sus familias y sus comunidades de origen. Nuestra exposición de los hechos refleja, además de la postura de la oim, la valoración de las instituciones y organizaciones entrevistadas, con base en su experiencia en la atención a víctimas de trata en México.



La trata de personas es una de las peores formas de violación a los derechos humanos, puesto que mercantiliza a las personas víctimas, reduciéndolas a una condición de objetos. El término víctima está relacionado con los daños que se infligen a una persona por el abuso del poder y se encuentra contenido en la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder,[21] donde se explica que son víctimas quienes: …] individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder, además de las que no lleguen a constituir violaciones del derecho penal nacional, pero violen normas internacionalmente reconocidas relativas a los derechos humanos.



La misma Declaración contempla en la definición de víctima “a los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización”. Partiendo de lo anterior, la victimización, dentro del contexto que nos concierne, puede definirse como el proceso por medio del cual las personas se convierten en víctimas de la trata a causa de una conducta delictiva, que consiste en la suma del propósito y los medios que las convierten en seres cautivos de la explotación en todas o algunas de sus formas, como, por ejemplo, la explotación sexual o laboral, los trabajos o servicios forzados, la servidumbre, la esclavitud o prácticas análogas a ella, el reclutamiento forzoso, la falsa adopción de menores de edad o la extracción ilegal de órganos. Este proceso puede darse durante todas o alguna de las etapas de la trata; esto es, la persona puede convertirse en víctima no solamente en el momento de la explotación, sino también, en ocasiones, a partir del momento del enganche o durante el traslado.



3.4.1 ENGANCHE O RECLUTAMIENTO



El enganche o reclutamiento de las víctimas representa la primera fase en la configuración del proceso de la trata y comprende todo lo concerniente a la captación de las personas, que es perpetrada, principalmente, por miembros de las redes criminales de trata, mediante el uso de diversos medios coercitivos o engañosos. Aunque el perfil y los diferentes roles de los tratantes se analizarán en un apartado posterior, daremos una breve descripción de estos sujetos en su calidad de reclutadores o enganchadores, para comprender mejor el actual punto de estudio.



3.4.2 LOS RECLUTADORES



El enganchador o reclutador es el encargado de identificar a las personas que puedan ser presas fáciles de las redes de explotación y tiene como objetivo obtener el consentimiento de éstas para realizar alguna actividad; para ello, se aprovecha de la situación de vulnerabilidad de las personas y/o de sus aspiraciones económicas, emocionales, familiares o sociales, empleando métodos como el engaño, el sometimiento mediante el uso de la violencia o el rapto.



Generalmente, el reclutador forma parte de las redes de trata de personas y participa directamente en la captación de las víctimas; no obstante, también puede no formar parte de estas redes y funcionar como un proveedor externo. En la mayoría de los casos asistidos por la oim, se identificó que los reclutadores son sujetos desconocidos para las víctimas: se observa que en el 49.1% de los casos el reclutamiento se hizo por personas desconocidas o completamente ajenas a las víctimas; además, en el 5,5 % de los casos, las víctimas mencionan que fueron enganchadas por miembros del crimen organizado.



En los otros casos, los reclutadores fueron personas conocidas para las víctimas, como miembros de la misma comunidad de origen, o parientes en algún grado, como familiares directos, o parejas. Es interesante ver que en más del 25% de la totalidad de las personas asistidas, la experiencia del reclutamiento fue emprendida por personas con quienes mantenían un nivel de convivencia alto (familiares o parejas). En estos casos sin embargo, las víctimas manifestaban tener antecedentes de violencia intra-familiar o en el noviazgo con dichas personas.



Finalmente cabe mencionar que en el 18.2% de los casos, las personas fueron enganchadas por algún conocido a quienes por lo menos habían visto en una ocasión anterior sea por contacto personal o a través de amigos o familiares. En el 1.8% de los casos, los propios amigos de las víctimas fungieron como reclutadores



¿Quién reclutó a la víctima?












3.4.3 LUGARES DE ENGANCHE O RECLUTAMIENTO



El reclutamiento de las personas puede ocurrir tanto en el país de origen, como en el de tránsito o destino, bajo ciertas circunstancias y en espacios específicos que son aprovechados por los enganchadores. Cuando ocurre en el país de origen, los lugares preferidos por los tratantes para llevar a cabo sus operaciones son: las zonas críticamente afectadas por sus condiciones socioeconómicas, las comunidades indígenas marginadas, los poblados con alto índice de migración, los sitios de atracción de turismo sexual o los lugares fronterizos con débiles niveles de vigilancia.[22]



El enganche en los países de tránsito se da durante el trayecto de las personas que viajan hacia otro país, por una decisión previa de emigrar de su lugar de origen. Se identifican las zonas fronterizas, de transbordos con alto flujo de migrantes y con escasas medidas de seguridad o control como los espacios más propicios para el enganche. En estos lugares, los tratantes interceptan a las víctimas y alteran la dirección de su destino, valiéndose de su condición migratoria y/o económica para involucrarlas en la trata por distintos métodos.



Cuando el reclutamiento tiene lugar en los países de destino, los enganchadores se valen de las dificultades que enfrentan las personas migrantes durante el proceso de integración para formularles falsas promesas, que, comúnmente, se refieren a ofertas de empleo, obtener la documentación migratoria y/o brindarles condiciones básicas de vivienda, alimentación y seguridad; aunque también pueden incluir el traslado hacia otros lugares dentro del mismo país. En el caso de las víctimas asistidas por la oim en México, en más del 70% de las ocasiones, el enganche sucedió en el país de origen, principalmente en Guatemala y Honduras. En Guatemala, el reclutamiento de personas se realizó, mayoritariamente, en municipios cercanos a la frontera con México, tales como Malacatán, Tecún Umán y El Carmen, en el Departamento de San Marcos.



 En estos sitios, es común observar las negociaciones entre enganchadores y víctimas, en los parques y calles principales. Los jornaleros agrícolas que desean ir a trabajar en la zona del Soconusco, en Chiapas, por ejemplo, son enganchados en estos sitios. Asimismo, los municipios de Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán, en el Departamento de Sololá, son lugares en los que se recluta a niños y niñas de comunidades indígenas, para ir a trabajar al sureste mexicano.



Algo similar ocurre en Honduras, donde el enganche se lleva a cabo en las comunidades rurales de la zona occidente del país, especialmente en el Departamento de San Pedro Sula, del cual se ha detectado que provienen la mayoría de las personas hondureñas que residen en el estado de Chiapas y que, en algunos casos, terminan siendo enganchadoras de las redes de trata con fines de explotación sexual. Entre los países de tránsito identificados por la oim como lugares de reclutamiento de personas con fines de explotación, se encuentra en primera instancia Guatemala, para las víctimas procedentes de Honduras, El Salvador, Nicaragua, Colombia y otros países de América del Sur. Se detectó que éstas fueron enganchadas en los Departamentos de Huehuetenango y Esquipulas, así como en la Ciudad de Guatemala. Cabe mencionar también que en el caso de una persona argentina, se ha identificado a Venezuela como país de reclutamiento.



México, por su parte, es considerado país de reclutamiento y destino de víctimas de trata, tanto en el caso de las personas mexicanas y extranjeras que habitan en el país, como en el de aquellas que únicamente transitan por su territorio con el objeto de trasladarse a los Estados Unidos o a Canadá. En la mayoría de las ocasiones, el enganche se realiza en los parques centrales y las principales vías públicas de ciudades cercanas a la zona fronteriza, como Tapachula, Chiapas, sitio conocido por ser un puerto principal de llegada y distribución de la migración internacional, y en el que las mujeres y los niños migrantes son susceptibles de ser captadas por las redes de trata.[23] En estos lugares, el reclutamiento se efectúa con cierta facilidad debido a factores como la falta de documentación migratoria de las víctimas, el desconocimiento de los riesgos ante las promesas de los tratantes y los deseos de acercarse a o cruzar la frontera con los Estados Unidos, entre otros.



3.4.4 MÉTODOS Y MEDIOS EMPLEADOS POR LOS TRATANTES PARA RECLUTAR A LAS VICTIMAS



Las formas en las que los tratantes consiguen establecer contacto con las potenciales víctimas requieren de una variedad de estrategias elaboradas, aprendidas y practicadas —algunas veces, durante muchos años— con el objetivo de manipular la situación y realizar el reclutamiento con éxito.



En algunas comunidades del estado de Tlaxcala, por ejemplo, la trata de personas se concibe como una opción de estilo de vida para los hombres, quienes desempeñan el papel de reclutadores y son denominados padrotes o caifanes. De acuerdo con la tesis Trata de personas: padrotes, iniciación y modus operandi, de Oscar Montiel Torres, ser padrote implica que el hombre —incluso desde la adolescencia— aprenda a seducir, convencer y prostituir a las mujeres. Estos sujetos enganchan a sus víctimas por seducción o reclutamiento forzoso, pero, además, buscan los sitios donde éstas serán explotadas sexualmente, así como los lugares donde vivirán y serán vigiladas. Generalmente, reclutan a estudiantes, empleadas domésticas o jóvenes desempleadas, en el Distrito Federal, Veracruz, Chiapas o países de Centroamérica, utilizando estrategias como:



• El enamoramiento de la mujer. Primero inician con ella relaciones de noviazgo y, posteriormente, le ofrecen matrimonio o la convencen de irse a vivir juntos, para luego explotarla.

• Trasladarse a comunidades indígenas, donde convencen a los padres para vender a sus hijas por quince o veinte mil pesos.

• Pueden, también, llegar a secuestrar a la mujer y obligarla a tener relaciones sexuales, provocando que se sienta avergonzada y que se encuentre más vulnerable a la explotación sexual.

• También se ha registrado el robo de víctimas entre los mismos padrotes o caifanes.[24]



En los casos de las personas víctimas de nuestro estudio, se detectó que los métodos o las formas empleadas por los enganchadores fueron similares a las empleadas por los padrotes del estado de Tlaxcala, siendo el engaño, las transacciones comerciales y el secuestro las que más se registraron. En vista de ello, a continuación exponemos algunas de sus características, enfatizando que cada uno de los métodos no es excluyente entre sí, esto es, que para cada caso, se pudo haber utilizado varias técnicas de captación:



• El engaño ha sido el método principal y el más efectivo para los reclutadores, quienes se han valido de falsas promesas, para dejar a las personas a disposición de los tratantes o cometer la explotación ellos mismos. Este engaño puede darse de manera total o parcial; cuando es parcial, las personas tienen conocimiento acerca de las actividades que realizarán, pero son engañadas respecto a las condiciones de trabajo. En casi el 87% de los casos, las falsas promesas tuvieron que ver con ofertas de trabajo, seguidas de las propuestas relacionadas con estudios, matrimonio, tener una familia, o, incluso, recibir ayuda para realizar un aborto, después de una violación. Además, dada la ubicación geográfica de México, también se realizaron ofrecimientos de traslado a o cruce de la frontera con Estados Unidos.



• Otra forma de reclutamiento, que se presentó en el 23% de los casos, fue la cesión de las personas víctimas a los tratantes, en calidad de préstamo o alquiler; por lo general, se trató de niños, niñas y adolescentes que fueron cedidos por sus padres para ser explotados desempeñando distintas labores, a cambio de un pago en efectivo.



• De manera similar, pero en un porcentaje del 16%, se registraron los casos de padres que realizaron un pago en efectivo a los tratantes, para que reclutaran a sus hijos y los trasladaran a México a trabajar durante un tiempo determinado.



• Asimismo, el rapto y el secuestro de niñas, mujeres y hombres por parte de la delincuencia organizada, con fines de explotación laboral o sexual, constituyeron métodos de reclutamiento en casi 5% de los casos.



• Finalmente, el 3% de los casos correspondió a niñas que fueron vendidas a los tratantes por algún familiar, para encauzarlas a la servidumbre o al comercio sexual.



Los métodos de reclutamiento mencionados resultaron ser sumamente efectivos. En más del 70% de los casos, los enganchadores dieron prioridad a establecer contacto personal con la víctima, abordándola directamente; en menor medida, tratantes y víctimas fueron presentados por terceras personas.



En otros casos, los reclutadores utilizaron anuncios en medios de comunicación —principalmente en periódicos locales— o hicieron contacto con las víctimas vía telefónica, para exhibirse como agencias de empleo con ofertas especialmente “atractivas de trabajo en México”. De igual manera, el uso en Internet de clubes de chat para “hacer amistades” o “encontrar pareja” fue un modo idóneo de engañar a las mujeres que aspiraban a tener una relación de noviazgo o contraer matrimonio. En menor número, se tuvo registro del uso de medios coercitivos de enganche, entre ellos: amenazas, agresiones físicas, chantajes, venta o alquiler de las personas, fraude, rapto y, más recientemente, secuestro de las víctimas (por lo general, migrantes en tránsito por territorio mexicano).



La aparición y el aumento de nuevas modalidades de reclutamiento, como la venta o el alquiler de niños y el secuestro de las personas migrantes con fines de explotación, involucran una violación grave de los derechos humanos de ambas poblaciones y requieren combatirse con respuestas urgentes e integrales. Hemos notado que, durante los últimos cinco años, la venta en México de niños guatemaltecos, en la región de la frontera sur, ha aumentado y sucede de forma cada vez más sistemática. Si bien anteriormente las y los niños guatemaltecos arribaban acompañados por sus padres o familiares directos a los centros urbanos y rurales fronterizos en Chiapas, para trabajar en algunos sectores económicos, ahora migran, cada vez más, acompañados por miembros de sus comunidades, quienes los llevan a Chiapas para laborar en condiciones de explotación. Es importante mencionar además que no solamente su destino sigue siendo Chiapas, sino que también han expandido sus espacios a otros estados del sureste mexicano (Tabasco, Oaxaca, Veracruz).



Por otro lado, el fenómeno del secuestro de personas migrantes con fines de explotación es de reciente aparición en México, pero se presenta cada vez con mayor frecuencia en las rutas migratorias. En el año 2009, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (cndh) publicó el Informe Especial sobre los casos de Secuestro en contra de Migrantes, donde señala que, en un periodo de 6 meses, de septiembre de 2008 a febrero de 2009, obtuvo información que el número de víctimas privadas de su libertad fue de 9758, lo que equivale a más de 1600 secuestrados por mes.[25] En 2010, el segundo informe de la cndh sobre el mismo tema refiere que de abril a septiembre de 2010, se registraron 214 eventos de secuestro, involucrando a unas 11,333 víctimas.[26] En la misma línea, el reportaje de Ana Lilia Pérez titulado Migrantes, viaje al infierno del secuestro menciona que, según estimaciones de ong involucradas en el tema de la trata, actualmente, el 60% de los migrantes que atraviesan.



México es secuestrado y aunque los rescates exigidos oscilan entre los mil y los cinco mil dólares, su pago no garantiza la libertad ni la vida de la víctima. Reporta, además, que el secuestro suele conducir a la trata de personas con fines de explotación sexual en prostíbulos y casas de masaje, en donde las mujeres son vendidas por treinta mil pesos, y de explotación laboral en fábricas, obras de construcción y faenas agrícolas, bajo el control de las mafias.[27]



El delito de secuestro se relaciona con la trata de personas, en la medida en que las acciones efectuadas en contra de las víctimas reúnen los elementos de la definición del Protocolo de Palermo, es decir, la captación, el traslado y el propósito de explotación. Algunos testimonios recogidos por la cndh dan constancia de que las mafias del crimen organizado capturan a los migrantes y los trasladan a casas de seguridad para exigirles, mediante métodos de tortura, los datos de contacto de sus familiares en su país de origen o en los Estados Unidos, con la finalidad de extorsionarlos a cambio de su libertad. Sin embargo, en ocasiones, los secuestradores optan por mantener a las víctimas en cautiverio para, en el caso de las mujeres, obligarlas a realizar trabajos domésticos o agrícolas o explotarlas sexualmente; a los hombres, por su parte, los obligan a participar en la red del crimen organizado y les exigen cumplir con funciones o actividades específicas dentro del grupo, como, por ejemplo, enganchar a otros migrantes para extorsionar a sus familias; de otra manera, se les obliga a trabajar en condiciones de explotación.



Son tales la magnitud y las características violentas que esta problemática presenta, que el comisionado de la oea, Rodrigo Escobar Gil, la calificó como “tragedia humanitaria”, durante la audiencia temática, del 22 de marzo de 2010, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (cidh), donde ong que brindan ayuda humanitaria a migrantes manifestaron su preocupación por el aumento y la gravedad de los casos de secuestro de personas transmigrantes en México5 [28]y por la relación cada vez más clara de este ilícito con la trata de personas.



3.4.5 TRASLADO DE LAS PERSONAS VÍCTIMAS



En el proceso de la trata de personas, el traslado de la víctima se realiza después que ésta ha sido enganchada; este desplazamiento puede darse dentro de un mismo país o implicar el cruce de una o varias fronteras internacionales: en el primer caso, se habla de trata interna; en el segundo, de trata internacional. En cualquiera de los dos escenarios, el movimiento de las víctimas puede incluir uno o varios viajes desde su lugar de origen hasta el lugar de destino, así como escalas en diferentes puntos geográficos o países de tránsito. En los resultados de nuestra investigación, se ha evidenciado que la trata internacional prevalece en casi el 80% de los casos atendidos, mientras que la trata interna se observa con menor porcentaje, llegando a poco más del 20%. Los casos en los que las víctimas padecieron los dos tipos de trata representaron apenas el 2% de la muestra; esta misma cifra resultó de los casos en los que hubo trata en tentativa (tipo de treta).



El delito de la trata se identifica en varias ciudades del país —principalmente en la frontera sur—, donde el fenómeno de la explotación coincide con el de la migración; de ahí la presencia de casos de trata interna en los que personas extranjeras que se hallaban establecidas en esta zona recibieron ofertas de los tratantes para trasladarse a otros estados, al interior del país. Hemos de comparar estos datos con los referidos por algunas de las organizaciones entrevistadas, quienes concuerdan con la oim en que, en México, la prevalencia de la trata internacional es evidente, aunque refieren que en los estados del centro ésta alcanza los mismos niveles de la trata interna, experimentada principalmente por víctimas mexicanas.

Tipo de trata




Durante el traslado de las personas, es común que los tratantes emprendan acciones ilegales para eludir la vigilancia en las fronteras o en el interior de los territorios, entre las cuales se cuentan la falsificación de la identidad de las víctimas y el cruce de fronteras de forma indocumentada u oculta. En este punto, es forzoso hacer mención de que, en muchos países, incluido México, las políticas migratorias vigentes ejercen un mayor control sobre los movimientos poblacionales, por ejemplo, exigiendo a las personas el uso de documentación de viaje, a la vez que incrementan los requisitos para obtener los visados o permisos para ingresar y salir de los territorios; o bien, colocando puestos de vigilancia dentro del país.



Al detectar las irregularidades e inconsistencias que tienen lugar durante viaje, las víctimas empiezan a sospechar de los tratantes y, poco a poco, logran darse cuenta del engaño del que fueron objeto. Muchas veces, se percatan de que están bajo la custodia de sus captores y de que seguir con ellos es la única manera de permanecer con vida; entonces, el deseo de escapar se convierte en una necesidad secundaria ante la de sobrevivir.



Es necesario subrayar que la carencia y la falsificación de documentos de identidad o migratorios son comunes en la trata de personas: en los casos asistidos, se observó que el 81% de las víctimas no contaba con ningún tipo de documentación durante las fases de ingreso y traslado del proceso, lo cual se relaciona estrechamente con el hecho de que se trataba, en su mayoría, de personas menores de edad. Sólo el 15% de estas personas tenía consigo documentos de identidad o migratorios legítimos (como actas de nacimiento o cédulas de identidad, permisos migratorios —fm3 y pase local—, [29] o pasaportes con visa de turista).[30] Sin embargo, a la mitad de ellas les fueron confiscados por los tratantes durante el viaje o la explotación. Finalmente, se ha detectado que casi el 4% de las víctimas utilizó documentos fraudulentos que fueron facilitados por los tratantes, entre ellos identificaciones oficiales (credenciales de elector), actas de nacimiento, pasaportes y visados (fm3) de procedencia legítima pero con información distorsionada.



3.4.6 TRAYECTO Y PUNTOS DE INGRESO A MÉXICO



A nivel internacional, México es considerado uno de los países con mayores flujos migratorios en el mundo. Anualmente transitan por su territorio cerca de 400 mil extranjeros(as) con el propósito de llegar a los Estados Unidos y se estima que, al mismo tiempo, 450 mil mexicanos(as) abandonan el país[31] con el mismo fin. La gran mayoría de las personas extranjeras se internan en territorio mexicano por la frontera sur de México, la cual comprende más de 1100 kilómetros colindantes con Guatemala y Belice, y en la cual, según información del INM, existen 13 puntos de internación formales para cruce de peatones y vehículos. En el estado de Quintana Roo, en la frontera con Belice, se ubican 2 puntos de internación,[32] mientras que en la frontera con Guatemala existen 11 entradas fronterizas: 9 se encuentran en Chiapas[33] y 2 en Tabasco.[34]



Sin embargo, éstos no son los únicos sitios de ingreso: según los resultados de la Encuesta sobre Migración en la Frontera Guatemala-México, que coordina El Colegio de la Frontera Norte, existen cientos de puntos informales de cruce, a lo largo de toda la frontera sur de México, a través de ríos caudalosos, lagos, montañas, volcanes y selvas espesas, abundantes en fauna peligrosa. Así pues, a pesar de la porosidad y aparente fácil acceso en esta frontera, su complejidad topográfica hace del cruce un riesgo permanente, especialmente para los indocumentados que van por los caminos de más difícil acceso, para evitar ser vistos y revisados por las autoridades migratorias mexicanas.[35] el 74% de ellas se internó por alguno de los puntos fronterizos de Ciudad Hidalgo, Ciudad Cuauhtémoc y Talismán, en el estado de Chiapas, los sitios más activos de la zona en cuanto a las operaciones de los tratantes para el cruce de las víctimas, lo cual guarda relación con la cercanía geográfica entre esta parte de México y Centroamérica, de donde proviene el mayor número de las personas víctimas. Otros puntos de ingreso de la frontera sur, en los que tuvo lugar la internación de poco más del 6% de las víctimas, se ubican en el punto fronterizo llamado El Ceibo, en el municipio de Tenosique, en Tabasco, y en la frontera Subteniente López y el Aeropuerto Internacional de Cancún, en el estado de Quintana Roo.



La afluencia de migrantes por la frontera de Tenosique es relativamente reciente y se debe al aumento de los controles de vigilancia en Chiapas y a la destrucción de las vías ferroviarias en este estado, como parte de los estragos de la tormenta tropical Stan.[36] De igual manera, un lugar importante de entrada al país es el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, por donde ingresó el 8% de las personas víctimas, que procedían, principalmente, de Argentina, Costa Rica, Colombia y de regiones Extra continentales. En estos casos, las víctimas manifestaron que su ingreso como turistas se facilitó al haber presentado a las autoridades, como prueba de sustento, fuertes cantidades de dinero en efectivo (proporcionadas por los tratantes), para así evitar mayores interrogatorios durante las inspecciones. Finalmente, cabe mencionar que hubo algunos casos en los que las personas no pudieron reconocer el sitio de ingreso a territorio mexicano, porque viajaron ocultas o, simplemente, por desconocer la zona.



En cuanto al trayecto que siguieron las personas desde sus lugares de origen hasta los sitios de explotación en México, la oim documentó que, en más del 82% de los casos, las víctimas siguieron un recorrido directo, mientras que el resto hizo escala o pernoctó en Guatemala, Panamá o Venezuela, así como en algunos estados mexicanos, como Coahuila, Puebla, San Luis Potosí, Tamaulipas, Veracruz o el Distrito Federal. Por lo general, los tratantes optan por realizar un trayecto continuo, para evitar el mayor número de inspecciones (migratorias, aduanales, sanitarias, etc.) a las que pudieran enfrentarse en los países de tránsito y destino, a pesar de que, en algunas ocasiones, se vinculan con autoridades locales, para asegurar mediante sobornos el acceso de las víctimas.



Durante el traslado hacia o dentro de México, el 60% de las personas víctimas asistidas estuvieron acompañadas por los enganchadores, explotadores o traficantes (estos últimos también conocidos como coyotes o polleros). Ésta es una estrategia empleada por la mayoría de los tratantes para cerciorarse de que las víctimas no viajen solas, sino vigiladas por algún miembro de la red de trata, que se encarga de asegurar su llegada al destino final. Esto nos demuestra la efectividad de la forma en que trabajan los tratantes, esto es del trabajo en red, con base en una estructura lineal y horizontal, que garantiza una estrecha coordinación entre las diferentes personas que la constituye. Esta estructura en red en la que cada miembro tiene un papel decisivo para la explotación final de las víctimas, aparece como una de las características más eficaces de los grupos de tratantes.



En los demás casos, las personas efectuaron el viaje en compañía de otras víctimas de trata, sus familiares o parejas, migrantes o, incluso, personas desconocidas que encontraron en el camino. En una menor proporción, las víctimas hicieron el recorrido solas.



3.4.7 MEDIOS EMPLEADOS POR LOS TRATANTES PARA EL PARA EL TRASLADO DE LAS VICTIMAS



El traslado de las personas víctimas a los lugares de explotación puede hacerse mediante el uso de una variedad de medios de transporte, dependiendo de la ubicación geográfica donde se encuentren y las dificultades que puedan enfrentar en la ruta, como, por ejemplo, los controles de vigilancia, la presencia del crimen organizado, las características geofísicas de los caminos, etc. Consecuentemente, se registró que los medios de transporte más utilizados por las personas asistidas por la oim fueron:



• El transporte público urbano y extraurbano. Fue el más utilizado durante el traslado hacia México. En países como Nicaragua, Honduras, El Salvador y Guatemala es común debido, entre otras razones, a los acuerdos de libre tránsito y circulación existentes en Centroamérica.[37] De igual modo, este medio de transporte fue utilizado en México, ya que se trata de un servicio habitual entre distintas comunidades y municipios, y está disponible desde la frontera con Guatemala.

• El autobús. Fue útil para recorrer distancias más prolongadas, entre países de tránsito o las diferentes regiones de México. Como sucede con el transporte urbano, las líneas y agencias de autobuses han aumentado su presencia, diversificado sus rutas y reducido sus tarifas, desde y hacia comunidades expulsoras y receptoras de trabajadores migrantes; desde la frontera sur hasta la del norte.

• Las balsas. Son embarcaciones artesanales construidas por los lugareños de Chiapas y Guatemala para cruzar, por el río Suchiate, la frontera entre Ciudad Hidalgo y Tecún Umán. Aquellos que arriban dicho punto geográfico y no poseen la documentación requerida para ingresar a territorio mexicano, utilizan estas balsas para evitar los controles migratorios. Se trata de un medio, aunque clandestino, históricamente utilizado por los pobladores y migrantes que confluyen en esta región.

• El avión. Fue un medio empleado por las redes internacionales de trata de personas para trasladar a sus víctimas, que arribaron a los principales aeropuertos de México.

• Los vehículos privados. Se utilizaron para trayectos cortos entre las ciudades o los estados, donde la vigilancia es menor.

• A pie. Las personas que se trasladaron a pie, lo hicieron durante parte de su viaje y circularon por caminos de extravío, enfrentando riesgos, para evitar los puestos de control y vigilancia. Otras rodearon estos puntos o caminaron frente a ellos, para pasar desapercibidos entre la población local e internarse en México.

• El ferrocarril de carga. Desde hace más de una década, es el medio más utilizado por los transmigrantes que desean llegar a los Estados Unidos, al ser el único medio que se adapta a sus posibilidades económicas. Aunque es exclusivo del transporte de mercancías, los migrantes exponen sus vidas al subirse a los vagones, sin ningún tipo de protección, a pesar de la alta peligrosidad del viaje y de la presencia de grupos criminales en el camino. El tren es también un medio utilizado por los tratantes para enganchar y trasladar a las víctimas a los lugares de explotación, del sur hacia el centro y norte del país. Cabe aclarar que, durante su desplazamiento, las víctimas y sus acompañantes hicieron, en ocasiones, uso de más de un medio de transporte para trasladarse al destino final. Es interesante señalar que el autobús, el transporte público y la balsa destacaron, en conjunto, como los medios más útiles para el traslado de las víctimas de trata hacia los diferentes destinos de explotación.



3.4.8 DESTINOS DE EXPLOTACIÓN



El elemento culminante de la trata, al finalizar el proceso de traslado de las víctimas, es el lugar donde se lleva a cabo la explotación. En los casos atendidos por la oim, se encontró que el traslado de las personas concluyó en 35 municipios diferentes del país. Es importante destacar que estos municipios se ubicaron en 16 estados distintos. Dichos lugares se enlistan en la siguiente tabla (cuadro 8), según el tipo de trata identificada, sea trata interna o internacional.[38]



Destinos de explotación por tipo de trata





De acuerdo con los resultados de la tabla, la mayoría de las personas fue víctima de trata en cuatro entidades del sureste mexicano: Chiapas, Tabasco, Veracruz y Quintana Roo, que, en conjunto, representaron casi el 80% de los casos. Llama particularmente la atención el caso de Chiapas, donde se identificaron 13 municipios en los que se ejerce la explotación, dentro de los que sobresalen los dos centros urbanos más importantes del estado: la capital política, Tuxtla Gutiérrez, y la capital comercial, Tapachula. Les siguen a estas localidades las ciudades de Villahermosa, en Tabasco; Veracruz y Jalapa, en el estado de Veracruz; y Cancún, en Quintana Roo, como los sitios en los que más se cometió la explotación de las víctimas, debido, quizá, al factor de la demanda, por ser lugares de importancia política, económica y turística.



Al conocer los puntos donde inicia y termina el desplazamiento de las personas víctimas, podemos identificar algunas rutas de ingreso, tránsito y explotación, utilizadas por las redes de trata en México:



• Por un lado, está la que comienza en los puntos fronterizos de Ciudad Hidalgo o Talismán y llega a Tapachula o Tuxtla Gutiérrez, en Chiapas, donde finaliza o desde donde se desplaza a las víctimas hacia Villahermosa, Oaxaca, Puebla, el D.F. y otras entidades del país. Por el otro, tenemos la ruta que empieza por la frontera de El Ceibo y se extiende hasta Tenosique, en Tabasco, desde donde las víctimas se trasladan hacia Veracruz, el Estado de México o el d.f. y, posteriormente, continúan su viaje hacia estados del noreste como San Luis Potosí, Tamaulipas, Coahuila y Nuevo León. También desde Tenosique, las víctimas se dirigen a Villahermosa o se van a otros estados de la región central de México.



A continuación presentamos un mapa que permite identificar ambas rutas:










3.4.9 RESUMEN DE CAPITULO



Este capitulo podría ser considerado como medular dentro de la investigación aun que todos tienen su aportación al desarrollo de la investigación es en este en el que se han definido el perfil general de las victimas teniendo en cuenta elementos como el genero, edad, raza entre otros, que ayuden a las políticas publicas a ser mas acertadas en la prevención, aun que la variedad en cuanto al origen de las personas dificulta la labor de ayuda.



Se analizan elementos como la educación, nivel socioeconómico, desempleo, su entorno familiar y social  y su historial familiar, donde es importante conocer cual es el perfil psicosocial de la persona. Todo ello nos ayudara a esclareces dentro de un perfil criminalístico por que las personas son mas vulnerables o propensas a ser engañadas o sometidas. Este problema es tan complejo que no puede pasarse por alto el más mínimo detalle, hasta lo más obvio podría arrojar resultados importantes.



 Dentro de este apartado se puede definir como es el proceso de la trata de personas desde una forma general, como son enganchadas las personas proclives a este delito, como son los reclutadores y cuales son sus características mas relevantes y cual era la relación de este ultimo con la victima, esto para brindar elementos a la prevención y ayuda en el análisis criminal del sujeto. Por ello es necesario saber cuales eran los lugares donde era mas propenso a desenvolverse esta situación y bajo que circunstancias, como eran trasladadas las personas y por cuales rutas era mas fácil transitar para por fin llegara al punto donde eran dejadas y explotadas, todo ello representa el proceso general de la trata que brinda información valiosa para conocer la forma de operar y poder definir que personas son las que pueden ser los reclutadores.







IV.             CONCLUSIONES GENERALES.



Comentarios finales y propuestas



La trata de personas es una nueva modalidad de esclavitud y una forma extrema de violencia contra las mujeres y la niñez, en la que el responsable no es únicamente el agresor, sino también, el mercado y la sociedad misma al permitir o tolerar estos delitos.



La Agencia de las Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR) señala que actualmente miles de mujeres y niñas en todo el mundo son víctimas de la trata de personas y del tráfico de migrantes. Éstas pueden estar huyendo de su país de origen debido a diversas razones y requieren protección internacional.

México es un país de origen, tránsito y recepción de migrantes, situación que ha contribuido a aumentar la vulnerabilidad de mujeres, niñas, niños y adolescentes quienes son las principales víctimas de la trata de personas, los cuales son utilizados principalmente, con fines de explotación sexual y laboral (INMUJERES, 2006).



Las entidades federativas que tienen incluido en su código penal el delito de tráfico de personas son 17: Baja California, Coahuila, Chihuahua, Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Morelos, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Veracruz y Yucatán. En cuanto al delito de explotación sexual infantil, solo 5 entidades lo han tipificado: Baja California, Guerrero, Michoacán, Jalisco y Quintana Roo (FEVIMTRA, 2008).

A continuación se presentan algunas de las propuestas que se recogieron el la Mesa de trabajo de explotación sexual y trata de personas, convocada por el CEAMEG en abril del 2008, y en la que participaron la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), y el Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (IFPPGJDF):

ü  Contar con los debidos procesos de investigación y persecución de los delitos.

ü  Denunciar y combatir la corrupción.

ü  Habilitar programas seguros de protección a testigos y a familiares de la víctima.

ü  Trabajar de manera coordinada con las organizaciones de la sociedad civil comprometidas en estos temas.

ü  Generar procedimientos para identificar a las víctimas de trata.

ü  Elaborar propuestas concretas sobre los contenidos del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.

ü  Incluir en la tipificación de la trata la comisión por omisión.

ü  Impulsar la armonización de la legislación nacional con los tratados en la materia.

ü  Desarrollar acciones de prevención de los delitos de explotación sexual y trata de personas.

ü  Difundir los instrumentos normativos (nacionales e internacionales) referentes a la trata de personas.

ü  Impulsar iniciativas para promover la Ley de protección a testigos.

ü  Fomentar y fortalecer la coordinación interinstitucional y con la sociedad civil, para la prevención del delito y atención a las víctimas.

ü  Promover la vinculación con el sector empresarial para prevenir la trata de personas explícita o implícita.

ü  Impulsar el desarrollo de investigaciones, diagnósticos y estadísticas, desagregadas por sexo, a nivel local, nacional y regional, en materia de trata de personas.

ü  Promover la adecuada protección y asistencia integral (legal, médica, psicológica) para las víctimas del delito.

ü  Sensibilizar e informar a las y los actores institucionales (estatales y de la sociedad civil) acerca de las características de la trata de personas.

ü  Elaborar un estudio y/o diagnóstico sobre nuevas formas de captación de las redes de tratantes de personas a través de medios cibernéticos (internet).

ü  Elaborar materiales de difusión e impulsar campañas informativas, en especial en las zonas fronterizas y de alta movilidad migratoria.

ü  Promover en los medios masivos de comunicación imágenes no sexistas



Modificación de los ordenamientos jurídicos a fin de contemplar disposiciones y sanciones aplicables a las personas involucradas en la explotación sexual infantil:

·         Fortalecimiento de grupos de especialistas en el tratamiento de la explotación sexual infantil.

·         Desde el punto de vista de la legislación procesal penal, desarrollar mecanismos para proteger la seguridad de las víctimas y testigos, (videoconferencias, teleconferencias o declaración a través de video).

·         Modificar la legislación procesal penal para preservar la identidad de los declarantes.

·         Modificar la Ley a fin de que los casos de insolvencia del responsable, el Estado emita la reparación del daño de manera solidaria.

·         Difusión y promoción de los derechos humanos de las personas, en especial de las niñas y los niños.



También es importante tener presentes las recomendaciones emitidas a nuestro país por parte de las organizaciones internacionales en materia de Derechos Humanos de las mujeres y de la infancia, así como de los Comités de seguimiento de las Convenciones en la materia.



Por su parte el Diagnóstico sobre los Derechos Humanos en México, presentado por la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, recomienda entre otras medidas (OACNUDH, 2003):

Que el fortalecimiento de la seguridad en la frontera sur de México se realice con un enfoque de protección a los derechos humanos, principalmente de las y los migrantes, con una orientación hacia el combate del tráfico y la trata de personas, señala que estas políticas deben estar acompañadas de programas de atención y protección a las víctimas de la trata de personas, para evitar que se criminalice o se castigue a los migrantes en esta situación.



En el ámbito internacional, el COCEDAW expresó a México su preocupación por la falta de uniformidad en la tipificación de la trata como delito a nivel de los estados, la ausencia de programas de protección y rehabilitación a víctimas y la escasez de información y estadísticas sobre la trata. El COCEDAW recomendó al Estado mexicano:



El establecimiento de un calendario concreto para la armonización de las leyes a nivel estatal a fin de tipificar como delito la trata de personas conforme a lo dispuesto en los instrumentos internacionales pertinentes. Insta también al Estado Parte a estudiar el fenómeno de la trata dentro del país, incluidos su alcance, causas, consecuencias y fines, y a recopilar información de manera sistemática con miras a formular una estrategia amplia que incluya medidas de prevención, enjuiciamiento y penalización y medidas para la rehabilitación de las víctimas y su reintegración en la sociedad. Además, recomienda que el Estado Parte lleve a cabo campañas de concienciación a nivel nacional dirigidas a las mujeres y las niñas sobre los riesgos y las consecuencias de la trata y capacite a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de migración y de fronteras sobre las causas, las consecuencias y la incidencia de la trata de mujeres y niñas y las distintas formas de explotación.



El Comité de los Derechos del Niño observó que no se han abordado de manera suficiente algunas de las recomendaciones, como es la falta de datos disponibles que permitan analizar de una forma amplia y sistemática la situación de los derechos de las niñas y los niños víctimas de violencia y abuso, de explotación comercial y sexual, y víctimas de trata; por otro lado, recomendó a México elaborar un sistema que facilite la reunión general de datos desglosados por sexo y grupos de niños que necesitan protección especial.



El Comité expresó su preocupación el alcance de la explotación sexual, la trata y el secuestro de niños en nuestro país, en particular en Ciudad Juárez, al respecto, recomendó:



Realizar un estudio amplio para determinar las causas, naturaleza y magnitud de la trata de niños practicada con diversas finalidades, en particular la explotación sexual comercial:

      Reformas al Código Penal a fin de tipificar como delitos penales la explotación, la trata y el secuestro de niñas y niños.

      Adoptar medidas más enérgicas y enfoques multidisciplinarios y multisectoriales para prevenir y combatir la trata de niños, y la explotación sexual de niños y adolescentes.

      Organizar campañas de sensibilización dirigidas, en particular, a los padres, niñas y niños.

      Velar por que los niños víctimas de la trata, y los que han sido sometidos a explotación sexual y económica, sean tratados como víctimas y se enjuicie a los autores.

      Aplicar programas apropiados para prestar asistencia y reintegrar a las niñas y los niños víctimas de explotación sexual y/o de trata, y colaborar con las organizaciones no gubernamentales en la materia.



La trata de mujeres se debe a la desigualdad genérica y a la violencia que se ejerce en su contra por el solo hecho de serlo, en ese sentido, las actividades contra la trata deberían incluir la perspectiva de género, debido a que la mayoría de las víctimas son mujeres y niñas, por lo que se requiere un serio compromiso por parte del Estado y de la sociedad para atacar este problema.



V.           BIBLIOGRAFIA.



·         CIM, OEA, oim, Inmujeres, INM, La trata de mujeres, adolescentes, niñas y niños en México. Un estudio exploratorio en Tapachula, Chiapas, México, D.F., 2006, p. 36.



·         Chiarotti, S. (2003). La trata de mujeres: sus conexiones y desconexiones con la migración y los derechos humanos. CEPAL, Santiago de Chile. Recuperado el 27 de noviembre del 2008 de http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/4248.pdf



·         CIM, OEA, OIM, INMUJERES, INM, USAID, México, D.F., 2006. Trata de personas. Aspectos básicos.



·         CIM. (2005). Informe anual sobre el combate contra el delito de la trata de personas, especialmente mujeres, adolescentes, niñas y niños en las américas. Recuperado el 27 de noviembre del 2008 de  http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/3640.pdf.



·         Douglas GURAK/Fe CACES (1998), “Redes migratorias y formación de sistema de migración”, en Graciela MALGESINI (Comp.), Cruzando fronteras, Icaria, Barcelona.



·         FEVIMTRA. (2008). Participación de la Licenciada Elvira Luna, Directora General de Formación de la FEVIMTRA en la Mesa de trabajo sobre explotación sexual y trata de personas organizada por el CEAMEG el 22 de abril del 2008.



·         INMUJERES. 2006. La trata de personas. Aspectos básicos. México.



·         5to Informe sobre la situación de los derechos humanos de las personas migrantes en tránsito por México, de Frontera con Justicia en Saltillo, algunos casos de migrantes sometidos a extracción ilegal de órganos (especialmente de riñones) han sido reportados en Coatzacoalcos, Veracruz. p 23.



·         Informe Especial sobre los Casos de Secuestro en contra de Migrantes, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 2009.



·         INM, CONAPO, El Colegio de la Frontera Norte, SEGOB,STPS, SRE. Encuesta sobre Migración en la Frontera Guatemala-México 2004, México D.F., 2006, p. 23.



·         Marin, A. 2004. Trata de Personas: marco conceptual e instrumentos internacionales. OIM.



·         Montiel Torres, Oscar, (2006) Trata de personas: padrotes, iniciación y modus operandi., México, D.F., 2007,pp. 30-31.



·         OACNUDH. (2003). Diagnóstico sobre los Derechos Humanos en México. México.



·         OIM, COMMCA, AECID, SICA. La experiencia de las mujeres víctimas de trata en América Central y República Dominicana y la actuación de las instituciones. Estudio Regional, San José, Costa Rica, 2008, p. 26.



·         OIT, Oficina Regional para América Latina y el Caribe. Panorama Laboral 2007, América Latina y el Caribe. Págs. 27-31.



·         Save the Children, oim, Guía de intervención psicosocial para la asistencia directa con personas víctimas de trata, 2007; y oim, cim, oea, inmujeres, inm, oim, La trata de personas. Aspectos Básicos, 2006.



·         Schmelkes, Silvia, “Visibilizar para crear consciencia”, Foro Invisibilidad y Consciencia: migración interna de niñas y niños jornaleros agrícolas en México, UAM, México, 2002.



·         Según el 5to Informe sobre la situación de los derechos humanos de las personas migrantes en tránsito por México, de Frontera con Justicia en Saltillo, algunos casos de migrantes sometidos a extracción ilegal de órganos (especialmente de riñones) han sido reportados en Coatzacoalcos, Veracruz. Pp. 23



·         Treguear L. Tatiana, OIM, Comité Nacional contra la Trata de Personas, Protocolo de Atención. Albergue para la atención a víctimas de trata de personas en El Salvador, San Salvador, El Salvador, 2006, p. 6





·         UNODC (2007), Programa Mundial contra la Trata de personas, UNODC, New York





BIBLIOGRAFIA DIGITAL



·         CNDH, Informe Especial sobre los Casos de Secuestro en contra de Migrantes, p. 12, en http://www.cndh.org.mx/INFORMES/Especiales/infEspSecMigra.pdf, fecha de consulta 10 de marzo de 2012.

·         CNDH, Informe Especial sobre los Casos de Secuestro en contra de Migrantes, Toluca 12 de marzo de 2012, p.26, en http://www.cndh.org.mx/InfEspecialSecuestroMigrantes_3.pdf



·         Pérez, Ana Lilia, Migrantes, viaje al infierno del secuestro, 30 de agosto de 2009, en http://www.periodismo.org.mx/Ganadores_antes/2009/8Orientacion.pdf.



·         Centro de Derechos Humanos Prodh Miguel Agustín Pro Juárez A.C, Focus Nº 38, Secuestro de migrantes en México, una “tragedia humanitaria”, 22 de marzo de 2010, en http://centroprodh.org.mx/centroprodh/index.php?option=com_content&view=article&id=3%.



·         http://www.iom.int/jahia/Jahia/activities/americas/central-america-and-mexico/mexico, última modificación 12/03/2010.





































VI.       ANEXOS.



6.1 LEY PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE BLANCAS.



Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2007.



TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 01-06-2011

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed: Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO:



"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS”, DECRETA:



SE EXPIDE LA LEY PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS, Y SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA; EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Y EL

CÓDIGO PENAL FEDERAL.



ARTÍCULO PRIMERO.- Se expide la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.


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CAPITULO I

Disposiciones Generales

ARTÍCULO 1.- La presente Ley tiene por objeto la prevención y sanción de la trata de personas, así como la protección, atención y asistencia a las víctimas de estas conductas con la finalidad de garantizar el respeto al libre desarrollo de la personalidad de las víctimas y posibles víctimas, residentes o trasladadas al territorio nacional, así como a las personas mexicanas en el exterior. Esta Ley se aplicará en todo el territorio nacional en materia del Fuero Federal.

ARTÍCULO 2.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República, en el ámbito de sus respectivas atribuciones llevarán a cabo o colaborarán en la realización de programas permanentes para prevenir la trata de personas.

ARTÍCULO 3.- Los delitos previstos en esta Ley se perseguirán, investigarán y sancionarán por las autoridades federales cuando se inicien, preparen o cometan en el extranjero, siempre y cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el territorio nacional; o cuando se inicien, preparen o cometan en el territorio nacional siempre y cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el extranjero, o en su caso, cuando se cometan en el territorio nacional y se actualice alguno de los supuestos previstos en el artículo 50, fracción I, incisos b) a j) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

ARTÍCULO 4.- En todo lo no previsto por esta Ley serán aplicables supletoriamente las disposiciones del Código Penal Federal, de la Ley General de Población y del Código Federal de Procedimientos Penales.



CAPITULO II

Del Delito de Trata de Personas

ARTÍCULO 5.- Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes. La persona que contrate publicidad por cualquier medio de comunicación, así como la persona que publique anuncios, que encuadren en alguna de las conductas del delito de trata de personas será sancionada conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de esta ley. Párrafo adicionado DOF 01-06-2011 Cuando este delito sea cometido en contra de personas menores de dieciocho años de edad, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo no se requerirá acreditación de los medios comisivos.

ARTÍCULO 6.- A quien cometa el delito de trata de personas se le aplicará:

I. De seis a doce años de prisión y de quinientos a mil quinientos días multa;

II. De nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, si el delito es cometido en contra de una persona menor de dieciocho años de edad o en contra de persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo;

III. Las penas que resulten de las fracciones I y II de este artículo se incrementarán hasta en una mitad:

a) Si el agente se valiese de la función pública que tuviere o hubiese ostentado sin tener la calidad de servidor público. Además, se impondrá al servidor público la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar otro hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta; o cuando la víctima sea persona mayor de sesenta años de edad; o se trate de persona indígena;

b) Cuando el sujeto activo del delito tenga parentesco por consanguinidad, afinidad o civil o habite en el mismo domicilio con la víctima, aunque no existiera parentesco alguno, o sea tutor o curador de la víctima; además, según las circunstancias del hecho, podrá perder la patria potestad, el derecho a alimentos que le correspondiera por su relación con la víctima y el derecho que pudiere tener respecto a los bienes de ésta. Cuando en la comisión del delito de trata de personas concurra otro delito, se aplicarán las reglas del concurso establecidas en el Libro Primero del Código Penal Federal. El consentimiento otorgado por la víctima se regirá en términos del artículo 15 fracción III del Código Penal Federal.

ARTÍCULO 7.- La tentativa del delito de trata de personas se sancionará con pena de prisión que no será menor a la pena mínima y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la sanción máxima prevista para el delito consumado.

ARTÍCULO 8.- Cuando un miembro o representante de una persona moral, con excepción de las instituciones públicas del Gobierno Federal, cometa el delito de trata de personas con los medios que, para tal objeto, la misma persona moral le proporcione, de modo que el delito se cometa bajo el amparo o en beneficio de aquélla, el Juzgador impondrá en la sentencia, previo el procedimiento correspondiente, alguna o algunas de las sanciones jurídicas accesorias siguientes:

I. Suspensión: Que consistirá en la interrupción de la actividad de la persona moral durante el tiempo que determine el Juez en la sentencia, la cual no podrá exceder de cinco años;

II. Disolución: Que consistirá en la conclusión definitiva de toda actividad social de la persona moral, que no podrá volverse a constituir por las mismas personas en forma real o encubierta. La conclusión de toda actividad social se hará sin perjuicio de la realización de los actos necesarios para la disolución y liquidación total. El Juez designará en el mismo acto un liquidador que procederá a cumplir todas las obligaciones contraídas hasta entonces por la persona moral, inclusive las responsabilidades derivadas del delito cometido, observando las disposiciones legales sobre prelación de créditos, conforme a la naturaleza de éstos y de la entidad objeto de la liquidación;

III. Prohibición de realizar determinados negocios u operaciones: Que podrá ser hasta por cinco años, se referirá exclusivamente a las que determine el juzgador, mismas que deberán tener relación directa con el delito cometido. Los administradores y el comisario de la sociedad serán responsables ante el Juez, del cumplimiento de esta prohibición e incurrirán en las penas que establece el Código Penal Federal por desobediencia a un mandato de autoridad;

IV. Remoción: Que consistirá en la sustitución de los administradores por uno designado por el Juez, durante un periodo máximo de tres años. Para hacer la designación, el Juez podrá atender la propuesta que formulen los socios o asociados que no hubiesen tenido participación en el delito. Cuando concluya el periodo previsto para la administración sustituta, la designación de los nuevos administradores se hará en la forma ordinaria prevista por las normas aplicables a estos actos; e

V. Intervención: Que consistirá en la vigilancia de las funciones que realizan los órganos de representación de la persona moral y se ejercerá con las atribuciones que la ley confiere al interventor, hasta por tres años. Al imponer las sanciones jurídicas accesorias previstas en este artículo, el Juez tomará las medidas pertinentes para dejar a salvo los derechos de los trabajadores y terceros frente a la persona jurídica colectiva, así como aquellos otros derechos que sean exigibles frente a otras personas, derivados de actos celebrados con la persona moral sancionada. Estos derechos quedan a salvo, aun cuando el Juez no tome las medidas a que se refiere el párrafo anterior.

ARTÍCULO 9.- Cuando una persona sentenciada sea declarada penalmente responsable de la comisión del delito de trata de personas, el Juez deberá condenarla también al pago de la reparación del daño a favor de la víctima. Esta incluirá:

I. Los costos del tratamiento médico;

II. Los costos de la terapia y rehabilitación física y ocupacional;

III. Los costos del transporte, incluido el de retorno a su lugar de origen, gastos de alimentación, vivienda provisional y cuidado de personas menores de dieciocho o mayores de sesenta años de edad, así como de quienes no tengan capacidad para comprender el significado del hecho, que tengan alguna capacidad diferente o que sean personas indígenas;

IV. Los ingresos perdidos;

V. El resarcimiento de los perjuicios ocasionados;

VI. La indemnización por daño moral; y

VII. El resarcimiento derivado de cualquier otra pérdida sufrida por la víctima que haya sido generada por la comisión del delito.



CAPÍTULO III

De la Política Criminal del Estado Mexicano en materia de prevención y sanción de la Trata de Personas

ARTÍCULO 10.- El Gobierno Federal establecerá una Comisión Intersecretarial conforme al artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para coordinar las acciones de sus miembros en la materia para elaborar y poner en práctica el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, el cual deberá incluir, cuando menos, las políticas públicas en materia de prevención y sanción de la trata de personas, así como la protección y atención a las víctimas del delito. Dicha Comisión estará integrada por dependencias y entidades de la Administración Pública Federal así como por la Procuraduría General de la República. Para tales efectos se atenderá a lo siguiente:

I. El Ejecutivo Federal designará a los miembros de la Comisión Intersecretarial que incluirá, como mínimo, a los titulares de las Secretarías de Gobernación, Comunicaciones y Transportes, Relaciones Exteriores, de Seguridad Pública, del Trabajo y Previsión Social, de Salud, Desarrollo Social, de Educación Pública, de Turismo y de la Procuraduría General de la República. Asimismo, tendrán participación los titulares del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, el Instituto Nacional de las Mujeres, el Instituto Nacional de Migración, el Instituto Nacional de Ciencias Penales y el Consejo Nacional de Población.

II. Podrán participar en las reuniones de la Comisión Intersecretarial como invitados para efectos consultivos, un representante de cada organismo público autónomo relacionado con la materia, tres representantes de las organizaciones de la sociedad civil y tres expertos académicos vinculados con la trata de personas.

ARTÍCULO 11.- La Comisión Intersecretarial funcionará de conformidad con lo siguiente:

I. La Comisión Intersecretarial será presidida por quien determine el Presidente de la República;

II. La Comisión Intersecretarial elaborará su Reglamento Interno conforme al cual sesionará, y

III. La Comisión Intersecretarial designará a su Secretario Técnico responsable.

ARTÍCULO 12.- La Comisión Intersecretarial deberá:

I. Elaborar el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas;

II. Desarrollar campañas de prevención, protección y atención en materia de trata de personas, fundamentadas en la salvaguarda de la dignidad humana y los derechos humanos, con especial referencia a las niñas, niños, adolescentes y mujeres;

III. Promover convenios de colaboración interinstitucional y suscribir acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, en relación con la seguridad, internación, tránsito o destino de las víctimas del delito, con el propósito de protegerlas, orientarlas, atenderlas y, en su caso, asistirlas en su regreso a su lugar de origen o en su repatriación, así como para prevenir la trata de personas y sancionar a quienes intervengan en su comisión.

En el seguimiento y evaluación de los resultados que se obtengan por la ejecución de los convenios y acuerdos a que se refiere esta fracción, intervendrá el Consejo de Seguridad Pública y la Comisión Intersecretarial para prevenir y sancionar la trata de personas. Los convenios y acuerdos deberán ajustarse, en lo conducente, a las bases previas en la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y en la Ley General de Población.

IV. Informar y capacitar con perspectiva de género, de derechos humanos y conforme al interés superior de la infancia, sobre los conceptos fundamentales y las implicaciones de la trata de personas y de los instrumentos internacionales relacionados con la materia al personal de la administración pública federal relacionado con este fenómeno delictivo;

V. Promover la investigación científica y el intercambio de experiencias entre organismos e instituciones a nivel nacional, incluyendo organizaciones de la sociedad civil vinculadas con la protección de los derechos de las niñas, niños, adolescentes y mujeres;

VI. Informar a la población acerca de los riesgos e implicaciones de la trata de personas, los mecanismos para prevenir su comisión o revictimización, así como de las diversas modalidades de sometimiento para cometer este delito;

VII. Informar y advertir al personal de las líneas aéreas, cadenas hoteleras, servicios de transporte público, restaurantes, bares y centros nocturnos, entre otros, acerca de la responsabilidad en que pueden incurrir en caso de facilitar o no impedir las conductas inherentes a la trata de personas, así como orientarlos en la prevención de este delito;

VIII. Orientar al personal responsable de los diversos medios de transporte, acerca de las medidas necesarias para asegurar, en especial, la protección de las personas menores de dieciocho o mayores de sesenta años de edad, indígenas, mujeres, así como de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de quienes tienen capacidades diferentes, que viajen solas a través del territorio nacional o a través de fronteras internacionales;

IX. Recopilar, con la ayuda del Sistema Nacional de Seguridad Pública y demás instituciones y organismos pertinentes, los datos estadísticos relativos a la incidencia delictiva en materia de trata de personas, con la finalidad de publicarlos periódicamente. Dicha información deberá contener de manera desagregada:

a) El número de detenciones, procesos judiciales, número de condenas de traficantes y tratantes de personas y de quienes cometen delitos relacionados con la trata de personas en las diferentes modalidades;

b) El número de víctimas de trata de personas, su sexo, estado civil, edad, nacionalidad, modalidad de victimización y, en su caso, calidad migratoria;

c) Los datos correspondientes a las rutas y los métodos de transportación que utilizan las personas y organizaciones delictivas que cometen el delito de trata de personas, y

d) Aquélla referente al tránsito fronterizo internacional relacionado con la trata de personas.

X. Diseñar y llevar a la práctica un programa de repatriación para las víctimas de trata de personas.

XI. La Comisión elaborará un informe anual el cual contendrá los resultados obtenidos del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, el cual será remitido al C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y al Congreso de la Unión.

ARTÍCULO 13.- La Comisión Intersecretarial, en el diseño del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, deberá contemplar las acciones necesarias para cubrir, como mínimo, los siguientes rubros:

I. Además de las necesidades establecidas en el Capítulo IV de esta Ley, se contemplarán las siguientes medidas de atención y protección a las víctimas:

a) Proporcionar orientación jurídica, incluida la migratoria, asistencia social, educativa y laboral a las víctimas de la trata de personas. En el caso de que las víctimas pertenezcan a alguna etnia o comunidad indígena o hablen un idioma o dialecto diferente al español se designará a un traductor quien le asistirá en todo momento;

b) Garantizar asistencia material, médica y psicológica, en todo momento, a las víctimas del delito, la cual según sea el caso deberá ser en su lengua o idioma;

c) Fomentar oportunidades de empleo, educación y capacitación para el trabajo a las víctimas del delito;

d) Desarrollar y ejecutar planes para la construcción de albergues específicamente creados para las víctimas de trata de personas, donde se les brinden las condiciones para garantizar el respeto a sus derechos humanos, así como alojamiento por el tiempo necesario, asistencia médica y psicológica, alimentación y los cuidados mínimos atendiendo a las necesidades particulares de las víctimas con especial referencia a las niñas, niños, adolescentes y mujeres;

e) Garantizar que la estancia en los albergues o en cualquier otra instalación sea de carácter voluntario. La víctima podrá comunicarse en todo momento con cualquier persona y salir del lugar si así lo desea;

f) Garantizar que bajo ninguna circunstancia se albergará a las víctimas en centros preventivos, penitenciarios o estaciones migratorias, ni lugares habilitados para ese efecto; y

g) Proporcionar protección, seguridad y salvaguarda de su integridad y la de sus familiares ante amenazas, agresiones, intimidaciones o venganzas de los responsables del delito o de quienes estén ligados con ellos.

II. La Comisión Intersecretarial fomentará el diseño, evaluación y actualización de los planes y programas de capacitación y formación de servidores públicos conforme a las siguientes directrices:

a) Proporcionar la capacitación y formación continua necesaria a los servidores públicos, con la finalidad de prevenir el delito de trata de personas. Estas actividades estarán dirigidas, como mínimo, a todos los miembros de las instituciones del Gobierno Federal vinculadas a la seguridad pública, procuración, impartición de justicia y migración;

b) La capacitación y formación señaladas incluirán los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, trata de personas y derechos de los refugiados, así como la legislación nacional, con especial referencia a la atención y protección de los derechos de niñas, niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores de sesenta años, de los indígenas, de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de quienes tienen alguna discapacidad.

c) La capacitación y formación continua tendrá como eje rector el respeto a los derechos humanos de la víctima y el victimario;

III. La Comisión Intersecretarial fomentará acciones tendientes a fortalecer la solidaridad y prevención social del delito conforme a las siguientes directrices:

a) Sensibilizar a la población, mediante la divulgación de material referente a los derechos de las víctimas de la trata de personas;

b) Desarrollar estrategias y programas dirigidos a la población, destinados a erradicar la demanda y comisión del delito de trata de personas, señalando en ellos las repercusiones que conlleva el mismo;

c) Realizar campañas de información acerca de los métodos utilizados por los responsables del delito de trata de personas para captar o reclutar a las víctimas;

d) Informar sobre los riesgos que sufren las víctimas de trata de personas, tales como daños físicos, psicológicos, peligros de contagio de enfermedades de transmisión sexual como el VIH/SIDA, el Virus del Papiloma Humano, entre otros.

e) Monitorear y vigilar que los anuncios que se publiquen por cualquier medio no contravengan lo dispuesto en esta ley. Inciso adicionado DOF 01-06-2011

ARTÍCULO 14.- Las autoridades federales adoptarán políticas y programas a fin de:

I. Establecer las bases de la coordinación para la aplicación del Programa;

II. Facilitar la cooperación con gobiernos de otras naciones y organismos internacionales sobre la materia, y

III. Recopilar e intercambiar los datos y las estadísticas delictivas de la trata de personas, respetando la confidencialidad de los datos personales de las víctimas.

ARTÍCULO 15.- Las autoridades encargadas de la prevención y procuración de justicia, así como las migratorias deberán rendir un informe semestral a la Comisión Intersecretarial, referente a las personas y organizaciones que se dediquen a la trata de personas.

ARTÍCULO 16.- Las representaciones diplomáticas mexicanas deberán:

I. Proporcionar a la víctima la asistencia jurídica necesaria, así como un traductor en caso de requerirlo, con la finalidad de que logre comprender las leyes del país al cual haya sido trasladada;

II. Proporcionar la protección y asistencia necesarias a la víctima para denunciar el delito, conseguir la reparación del daño, así como otros beneficios que establezcan la legislación del país en el que se encuentra; y

III. Expedir a la víctima, sin demora alguna, la documentación necesaria para que logre el retorno al territorio nacional.



CAPITULO IV

De la Protección y Asistencia a las Víctimas u Ofendidos de la Trata de Personas.

ARTÍCULO 17.- Las autoridades federales adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar la protección y asistencia a las víctimas u ofendidos del delito de trata de personas. Para esos efectos deberán tomar en cuenta las recomendaciones de la Comisión Intersecretarial mismas que deberán cubrir, por lo menos, las siguientes medidas:

I. Generar modelos de protección y asistencia inmediatos ante la comisión, o posible comisión del delito de trata de personas;

II. Asistir a la víctima y proporcionarle ayuda migratoria;

III. Elaborar programas de asistencia inmediata, previos, durante y posteriores al proceso judicial que incluyan capacitación, orientación y, en el caso de los nacionales, ayuda para la búsqueda de empleo. Así como para dar seguimiento durante todas las etapas del procedimiento y proceso jurídico-penal, civil y administrativo, con especial referencia a la obtención de la reparación del daño;

IV. Las representaciones diplomáticas de México deberán ofrecer, sin excepción alguna, información, orientación, protección y atención a las víctimas de la trata de personas, con la finalidad de salvaguardar su dignidad e integridad física y psicológica, así como apoyarla en las gestiones necesarias ante las autoridades del país en el que se encuentre, antes, durante y después del proceso judicial; y

V. Establecer las medidas necesarias para identificar plenamente a las víctimas y víctimas potenciales del delito de trata de personas. Una vez identificadas, deberán brindarles la protección y atención necesaria.

ARTÍCULO 18.- La protección a las víctimas u ofendidos del delito de trata de personas comprenderá, además de lo previsto en el Apartado B del artículo 20 de la Constitución, y de lo contemplado en los Capítulos I, II, III y IV de esta Ley, los siguientes rubros:

I. Proteger la identidad de la víctima y de su familia, con la finalidad de asegurar que sus nombres y datos personales no sean divulgados en ningún caso;

II. Otorgar información a la víctima, en un idioma o dialecto que pueda comprender, sobre sus derechos legales y el progreso de los trámites judiciales y administrativos, según proceda. Igualmente se le proporcionará información sobre los procedimientos para su retorno al país de origen o residencia permanente en México;

III. Otorgar facilidades a las víctimas de la trata de personas, para permanecer en el país mientras dure el proceso judicial; y

IV. Las demás que tengan por objeto salvaguardar el libre desarrollo de su personalidad, integridad y sus derechos humanos.

ARTÍCULO 19.- Una vez concluido el proceso judicial, la permanencia de las víctimas en territorio nacional y, en su caso, su repatriación, quedarán sujetas a las disposiciones jurídicas existentes.

ARTÍCULO 20.- A fin de facilitar la repatriación de toda víctima de la trata de personas que carezca de la debida documentación, las autoridades deberán formular y ejecutar acciones y estrategias a fin de que las personas víctimas de este delito cuenten con un retorno protegido a su país de origen o a aquel en donde tengan su residencia permanente. Asimismo, los organismos internacionales y las organizaciones de la sociedad civil podrán colaborar con las autoridades para que los procesos de repatriación se lleven a cabo de acuerdo con lo previsto en los ordenamientos aplicables en la materia.

ARTÍCULO SEGUNDO.-..........

ARTÍCULO TERCERO.-..........

ARTÍCULO CUARTO. ..........



TRANSITORIOS

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- El Ejecutivo expedirá el Reglamento de la Ley en un término de 120 días hábiles. México, D.F., a 2 de octubre de 2007.- Dip. Ruth Zavaleta Salgado, Presidenta.- Sen. Santiago Creel Miranda, Presidente.- Dip. Antonio Xavier Lopez Adame, Secretario.- Sen. Adrián Rivera Pérez, Secretario.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiséis días del mes de noviembre de dos mil siete.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Francisco Javier Ramírez Acuña.- Rúbrica.



ARTÍCULOS TRANSITORIOS DE DECRETOS DE REFORMA

DECRETO por el que se adicionan diversas disposiciones a los artículos 5 y 13 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2011

Artículo Único.- Se adicionan un segundo párrafo al artículo 5, recorriéndose el actual párrafo segundo para constituirse en tercero y al artículo 13, un inciso e) a la fracción III de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, para quedar como sigue:

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación México, D.F., a 14 de abril de 2011.- Dip. Jorge Carlos Ramírez Marín, Presidente.- Sen. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente.- Dip. María Guadalupe García Almanza, Secretaria.- Sen. Renán

Cleominio Zoreda Novelo, Secretario.- Rúbricas."

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a treinta y uno de mayo de dos mil once.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, José Francisco Blake Mora.- Rúbrica.



6.2 TESTIMONIOS DE MUJERES Y NIÑAS VÍCTIMAS DE TRATA PARA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL Mtra. Teresa Ulloa



6.2.1 FLOR: UNA VIDA EN LA OBSCURIDAD



Niñez de Flor

Tengo 21 años y nací en Tijuana y comencé a ser explotada sexualmente desde los 13. Mis padres son alcohólicos y drogadictos. Mi papá es originario de Oaxaca, pero llegó desde muy niño a Tijuana. Mi mamá es norteamericana. Luego que yo nací nos mudamos a una Ciudad de California.



Mi papá es un marino, y siempre acostumbraba a golpearnos a mí, a mi mamá y a mi hermano. Un día, cuando yo tenía 4 años, mi mamá dejó la casa y nos llevó a vivir con otro marino amigo de mi papá. "Era un buen hombre, nos llevaba a la iglesia y comenzábamos a vivir en una situación sana. Pero 4 años después mi mamá lo dejó y nos fuimos a vivir a Milwaukee, Wisconsin con otro hombre norteamericano que se llama Peter, que era drogadicto y alcohólico".

Comencé a fumar marihuana a los 8 años, en la casa de Milwaukee, en donde vivían 12 personas familiares de Peter: sus hermanas, hermanos y sus hijos. Todos eran drogadictos y las hermanas ejercían la prostitución.



Metieron a la cárcel a mi hermano por robo de autos, por lo que pasé a ser la mayor en la casa. Cuando los adultos salían, yo me quedaba al cuidado de los niños, al regresar, me daban cocaína y cerveza como recompensa.



Cuando tenía 12 años, fui a una fiesta en donde me pusieron una sustancia en la bebida que me durmió. Me drogaron. Al despertar estaba desnuda y me di cuenta de que me habían violado.



Después de esa fiesta estuve muy deprimida: cuando fui a la escuela muchos muchachos comenzaron a decir que ya me habían tirado, y creo que esto provocó que no me importara y comenzara a tener relaciones con diferentes personas. Me sentía muy sola, sólo quería encontrar amor.



Dejé de estudiar y tenía una adicción muy fuerte a las drogas: "usaba heroína, cocaína, marihuana, de todo". Entonces mi mamá no quiso hacerse cargo de mí y me mandó a Tijuana con mis tíos. A mis 13 años conocí a un hombre de 23 años en San Francisco. Era un drogadicto que acababa de salir de prisión. Primero me dijo que me iba a proteger y eso me hizo sentir bien, pero después comenzó a golpearme.



Hui de ese hombre que me golpeaba y busqué a mi padre. Pensé que quizá él podría ayudarme. Lo encontré peor que cuando lo vi por última vez, cuando tenía 4 años. Seguía siendo drogadicto, alcohólico y tenía problemas mentales. Aun así me fue a vivir con él. No pasó mucho tiempo cuando empezó a golpearme,: me jalaba el cabello y me decía que me parecía a mi madre, entonces salí huyendo y regresé con el hombre de 23 años.

Este hombre me obligó primero a vender droga en las calles de San Francisco, luego a prostituirme. Todo el dinero era para él. Un día guardé algo de dinero en mi bolsa, quería juntarlo para poder huir, pero él me descubrió, me golpeó y me echó de su casa.



Sin dinero y sin hogar, de apenas 14 años, recorrí las calles de San Francisco buscando una solución. Así fue como conocí a una muchacha, también menor de edad, que me convenció para que tuviera relaciones sexuales con hombres a cambio de dinero. Yo acepté porque era una forma de ganarme la vida. Después de mi primer encuentro, llegó un hombre de raza negra (el padrote), me subió a un auto y me quitó el dinero. Me dijo que ahora trabajaba para él y que a cambio recibiría protección. Yo me negué, pero él me convenció diciéndome que sólo le tendría que dar el dinero por un corto plazo y después podría trabajar de manera independiente y hacer dinero suficiente para comprar una casa.



El padrote me decía que yo me veía muy chica, y que por esa razón le iba a gustar más a los hombres. Me dijo que no importaba que estuviera lloviendo, yo tenía que permanecer en la calle hasta que juntara la cuota, que eran de aproximadamente 800 dólares, todo para él. El padrote tenía a otras seis chicas más, todas menores de edad. En San Francisco, hay cinco familias, todas de raza negra, que por generaciones han controlado esta actividad. Las calles principales en donde se desarrolla son la Mission y Ofarrel. A pesar de que la prostitución está prohibida en California, y de que el abuso de menores debería de llevar a la cárcel a los padrotes, éstos gozan de impunidad debido a la corrupción y el miedo que tienen las chavalas para denunciarlos.



Hay oficiales de policía que se acuestan con las niñas a cambio de no arrestarlas. Conozco muchos casos. Otros oficiales reciben dinero de los padrotes".

Las reglas de los padrotes son duras. Les teníamos que decir “daddy”. Nos prohibían mirar a otros padrotes a los ojos. No podíamos quedarnos con nada de dinero. No podíamos comprar ni escoger nuestra propia ropa, alguien nos acompañaba y nos las compraba. Si no entregábamos la cuota completa, nos hacíamos acreedoras a una golpiza enfrente de las demás: te pateaban, te escupían, te quemaban con cigarrillos u objetos metálicos, o te azotaban con un cinturón, la cosa era humillarte lo más posible, hacerte sentir nada.

A los 17 años comencé a salir con un muchacho de 19 que pertenecía a una pandilla. Así fue como me libré de los padrotes. Si alguien me molestaba, mi novio me defendía. Él me ayudó también en el aspecto mental, pues dejé de sentirme abusada.

Tiempo después mi novio dejó la pandilla. Yo comencé a recibir ayuda profesional en un centro de crisis, que tiene como fin ayudar a mujeres que sufren de explotación sexual.

Actualmente trabajó en ese Centro de crisis ayudando a otras niñas que han tenido la misma suerte que yo. Tengo deseos de aprender bien el español, conocer más sobre sus antepasados, viajar a Oaxaca y ser una estilista de cabello.

En San Francisco hay aproximadamente 3 mil casos como el de Flor. Niñas, algunas desde los 9 años, que están siendo obligados a trabajar en la industria del sexo los 7 días a la semana, los 365 días del año; son torturadas y amedrentadas por los intocables e infames padrotes. Esto es un vergonzoso crimen que seguirá mientras las autoridades y la sociedad lo permitan.



6.2.2 Rosy

Me llamo Rosita y me dicen Rosi. Tengo 13 años de edad. Nací en una comunidad muy pobre del Estado de México, en el Municipio de Teotihuacán. Mi papá viajaba mucho a los cultivos de temporal, buscando enviarnos dinero para nuestro sustento. Mi mamá subía al cerro y cultivaba maíz, nopalitos, y los vendía para a completar el gasto. Pero siempre tenía su mirada muy triste, porque extrañaba a mi papá. Yo estudiaba el segundo año en la Telesecundaria, y ahí conocí a Gloria, quien me dijo que ella se iba ir con su tío a Estados Unidos a trabajar para ayudarles a sus papás, porque también eran muy pobres. Ese día que me lo contó, me quedé pensando, si ella puede, ¿por qué yo no?.



Al llegar a mi casa, vi que mi hermanito Juan traía un agujero en la suela de su zapato, y mi mamá muy triste le decía que no alcanzaba para comprarle zapatos nuevos, que se los iba a llevar a remendar.



En la escuela Gloria, me seguía contando maravillas de su tío y a todas las personas que había pasado del otro lado a trabajar y cómo habían podido ayudar a sus familias. Ella me dijo que había vacantes en Kentucky y en Mc Donals, y que ella se iba a ir a trabajar ahí. En una de esas me dijo que si no me quería ir con ella. Después de mucho pensarlo, le dije que sí, que yo me quería ir del otro lado a trabajar para ayudar a mi mamá. Hoy, cuando lo pienso, me doy cuenta que todo estaba perfectamente planeado, para engañarme y que me ensartara yo solita.



Gloria me dijo que ella me avisaba, pero que no le dijera nada a mi mamá. Yo, si le dije, mamá, me voy a ir al otro lado a trabajar, para ayudarte, me duele mucho verte batallar tanto por unos cuantos pesos. Mi mamá no me creyó. Y un día, Gloria me dijo que ese día a las 8 de la noche me esperaban en su casa. Mi mamá no estaba, porque tuvo que ir a la Ciudad de México a acompañar a mi hermana al doctor, mi hermana estudiaba en la Escuela de Antropología y vivía en el D.F. Yo le tuve que avisar a mi hermanito y con una muda de ropa, me fui para la casa de Gloria, no sin antes prometerle a mi hermanito que le iba a mandar billetes verdes para que le compraran una pelota. Cuando llegó mi mamá, y mi hermanito le contó, me fue a buscar a la cada de Gloria, pero llegó muy tarde, para entonces ya me había escondido en otra casa de un señor que me dijo que era el tío de Gloria. Gloria no se vino conmigo.



Al otro día al amanecer me sacaron a escondidas en una camioneta. Perdí la noción del tiempo, viajamos muchos días, hasta que llegamos a la frontera y me hicieron correr por el desierto, y me dijeron que tuviera cuidado que me viera la migra. Una vez del otro lado, me subieron en una camioneta blanca, la que me llevó a Carolina del Sur. Ahí me dejaron en una casa muy elegante, donde una señora que se llamaba Guadalupe me baño, me peino, me maquilló y me puso ropa fina y perfume. Me dijo que ahí iba yo a ganar mucho dinero y que le iba a poder mandar muchos dólares a mi familia. Me llevaron a un cuarto y ahí, un señor que hablaba muy raro, pago un gran fajo de dinero, hoy supe que eran cinco mil dólares a la señora y me encerraron en el cuarto con él. El me desnudó, me hizo que le chupara el pene y luego me violó por delante y por detrás. Cuando yo me resistía, el me daba de bofetadas, era mucho más fuerte que yo, entonces yo sólo tenía 11 años.



Me llevaron a distintas casas, siempre con la promesa de que iba a ganar mucho dinero, y siempre me hacían lo mismo, pero me daba cuenta que cada vez cobraban menos a los señores con los que me encerraban en los cuartos. Ellos cada vez eran más malos conmigo. Me hacían muchas cosas feas. A veces me sacaban a carretera, luego supe que me transportaban entre Carolina del Sur y Carolina del Norte, en distintos pueblos, y en distintas casas.



Después de seis meses, acabé en un “Trailer Park”, con la Señora Lupe, y otras tres muchachas, ellas ya tenían como 17 o 18 años, y a veces la Señora Lupe me dejaba hablarle a mis papás por su teléfono celular, inclusive le prometió a mi papá traerlo a trabajar a Estados Unidos. Pero mi mamá decía que me oía triste, que qué me pasaba. Pues qué me iba a pasar, yo no había recibido un solo dólar, y , me daba mucha pena que mis papás se enterarán de lo que me habían hecho. En el “Trailer Park”, tenía yo que atender a 40 hombres, y les cobraban 60 Dólares a cada uno.



Mi mamá anotó el teléfono de donde le llamé y mi hermana le pidió ayuda a una maestra, quien pidió ayuda a la CATWLAC y en dos días llegaron los agentes de ICE a rescatarme. Ese día, yo estaba en el Trailer con Mónica, que tenía 17 años y me estaba cuidando, pero cuando llegaron los agentes dijo que ella también había sido obligada a prostituirse. Me pidieron que colaborara con las autoridades y me llevaron a un hogar sustituto. Entonces me enteré que era una banda de trata y tráfico de personas y que detuvieron a más de 10 personas, la mayoría familiares de mi amiga Gloria y vecinos de mi familia en el Municipio de Teotihuacán. Me dio mucho miedo que le hicieran algo a mi hermanito o a mi mamá. Me deprimí mucho y me traté de quitar la vida.



Cuando empezó el juicio, finalmente, le dieron visa a mi mamá, a mi papá y a Juanito y fueron a Estados Unidos a verme. Yo tenía mucho miedo, no sabía si me iban a perdonar, o se iban a sentir muy enojados y avergonzados por lo que me habían hecho, pero no, finalmente, cuando nos vimos, me dieron todo su amor, su apoyo y no me reprocharon nada. Por fin, pude darme cuenta que el amor de mi familia era inmenso e incondicional. También aprendí que más vale ser pobre, pero con dignidad. Como me habían dado el ejemplo mi mamá y mi papá.



Nos dieron la residencia, hoy aprendo inglés, estudio y mi mamá y mi papá trabajan, Juanito va a la escuela. Algún día sé que volveré a creer en mí misma y en las demás personas. Espero poder llegar a perdonar a Gloria por su engaño y a todas las personas que me explotaron y abusaron de mi inocencia y mi necesidad. La señora Lupe sigue prófuga.



6.2.3 Caso Linda



Tengo 12 años. Era una niña regordeta, y los chavos de mi escuela no me hacían caso. Abrí mi página en Tagget, y ahí tuve la oportunidad de conocer a un chavo que me pidió que fuera su novia. Nos escribimos y compartimos música y fotos por cerca de 6 meses y finalmente lo conocí un día que fue a mi escuela, pero nuestra relación no progresó. Yo estaba más chiquita y mi mamá no me daba permiso de tener novio y menos salir con él.



Con el tiempo yo seguí manteniendo mi página en Tagget, y un buen día me contactó otro chavo, me dijo que estaba muy bonita, pero que por qué no me arreglaba mejor, cambié mi look y subí nuevas fotos, pero él se mantenía pidiéndome que le mandara fotos más sexy. Yo accedí, porque me decía cosas muy bonitas, y me hacía sentir bien, bonita. Con el tiempo me pidió que fuera su novia, y me pidió que le enseñara “mis cositas”, me convenció y me tomé unas fotos desnuda, y se las mandé, y me hizo sentir muy bien, porque me dijo que estaba muy hermosa. Luego me pidió que le mandara un video y que me filmara mi vagina. Yo no quería, pero me amenazó con que terminábamos si no se las mandaba. Al final accedí. Luego, me pidió mi teléfono y me empezó a llamar, me pedía que me masturbara, yo no sabía cómo, y él me iba enseñando, y me pedía que me pusiera el teléfono cerca de mis genitales para ver si ya me había mojado, mientras me hablaba con lenguaje que yo no entendía.



Me prometió muchas veces que me iba a ir a ver a la escuela, y yo siempre lo esperaba, y nunca llegó. Una vez mi mamá se dio cuenta y me quitó la computadora, el teléfono celular y me llevó a la CATWLAC, ahí me explicaron que lo que ese hombre había hecho era hacer pornografía conmigo, sin sacarme de mi casa. Yo no les quise creer y me mantuve en mi relación de noviazgo con él, pero empecé a recibir terapia psicológica en la CATWLAC. Hoy, ya tengo novio, y me choca que me llame ese hombre del internet, porque nunca cumplió sus promesas. Ya me di cuenta que me engañó y siempre se estuvo burlando de mí y que yo no me lo merezco.



6.2.4 María del Sol y María del Mar



Hace como diez años, cuando teníamos 8 y 9 años, mi papá nos vendió. Nacimos en una comunidad Mixteca, muy pobre, en el Estado de Oaxaca. Acabamos en la Ciudad de Nueva York, en un prostíbulo, siendo explotadas sexualmente, a nuestra corta edad. Cuando llegamos allá, casi no hablábamos español, y mucho menos inglés. Un día la CATWLAC y otras organizaciones de la Ciudad de Nueva York, llegaron con la policía, y nos sacaron de esa pesadilla que para nosotras significaba todo lo que nos hacían los clientes de ese lugar y también las personas que nos tenían encerradas. Casi no nos daban de comer, y si no queríamos ir con los señores, nos golpeaban, nos castigaban, nos metían palos en la colita.



Con señores de la Embajada de México, nos trajeron a México y el DIF nos mandó de regreso a nuestra casa. Mi papá se enojó mucho y en menos de dos semanas nos volvió a vender por dos chivas y dos cartones de cerveza y nos dijo que no nos quería volver a ver ahí. No supimos cómo, pero la CATWLAC se enteró nuevamente que estábamos nuevamente en el mismo burdel en Nueva York y volvió a llegar por nosotras con la policía, pero esta vez no nos trajeron a México. Nos llevaron a un hogar sustituto, y ahí nos mandaron a la escuela, aprendimos a hablar inglés y español bien, tenemos la residencia, y estamos estudiando en la universidad. Cada vez que vienen las personas de la CATWLAC a Nueva York, nos visitan, y están al tanto de nosotras.



Tenemos muchos años de tener terapia psicológica, y aún todavía cuando nos acordamos de los horrores que vivimos y de cómo nos despreciaba y humillaba nuestro padre, sufrimos mucho. Nos cuesta todavía permitir el contacto con hombres. Todavía ninguna de las dos tenemos novio. Queremos trabajar en una organización que apoye a las niñas en prostitución, sobre todo las niñas indígenas que traen de México a esta Ciudad en la que nos reubicaron.



Todavía en las noches tenemos pesadillas, y despertamos gritando, sudando mucho. Se nos ha hecho muy difícil superar esa experiencia y toda la violencia que vivimos sobre nuestros cuerpos e integridad física de niñas.









6.2.5 Caso Lluvia

Soy una mujer de 30 años, que tengo 15 años de vivir ilegalmente en Chicago, Ill., Estados Unidos. Llegué aquí porque me ofrecieron un trabajo como Cajera en un restaurante. Pero cuando llegué a esta Ciudad, todo era mentira. Me quitaron mis documentos y me encerraron en un burdel. Yo no quería prostituirme, pero me pegaban, me quemaban con cigarros, me violaban tumultuariamente, y me hicieron una guerra psicológica, hasta que me convencieron de que yo ya no valía y que si no aceptaba prostituirme, me iban a matar. Empecé a tomar alcohol para poder resistir la tortura que significaba para mí prostituirme, hoy tengo ya treinta años, me siento sucia, sé que ya no valgo, y que nunca podré regresar a mi casa. Estoy contagiada de VIH-SIDA, porque al padrote, nunca le importamos, cobraba tripe por sexo sin protección. No tengo un solo peso, y aunque ahora ya me dejan salir a la calle, no sé a dónde ir, no sé qué hacer. Yo lo que quiero es morirme. He vivido violencia extrema, humillaciones, maltratos, y tratos indignos de quienes porque pagan piensan que tienen el derecho de hacer con nosotras lo que quieren. No tengo esperanza, no pienso en el futuro. He tratado de olvidar de dónde vengo, no pienso en el mañana, me concentro en tratar de sobrevivir sólo hoy. El otro día llegaron unas mujeres y me dijeron que me podían ayudar, pero para qué. Yo ya estoy condenada a muerte, no sirva para nada, no tengo ya familia, ni futuro. Si regreso a mi casa me van a despreciar, me van a apuntar con el dedo y me van a condenar. Mejor quiero morirme.



6.2.6 Caso Sol



Me llamo Sol, y tengo 30 años. Soy mexicana y migré ilegalmente a los Estados Unidos hace 15 años. En Nueva York conocí a Fernando Osnaya Trujillo, de nacionalidad mexicana. Al principio fue muy amable conmigo, cariñoso, atento, hasta que me enamoré de él. Nos fuimos a vivir juntos y empezó a compartir conmigo que se había quedado sin empleo, y se salía todos los días a la calle, me decía que iba a buscar trabajo, porque ya nos quedaba muy poco dinero para sobrevivir y regresaba todos los días diciéndome que no había encontrado nada.

Un día me contó que su amigo Antonio se había quedado sin trabajo, y que su mujer, le estaba ayudando, trabajando como prostituta de calle en Queens, pero me dijo que él nunca permitiría que yo hiciera eso. Y así seguimos por dos semanas más, hasta que llegó el momento en que me dijo que ya no tenía dinero, que estaba desesperado, y ya no me daba dinero para que comiéramos, ni se pagaba la luz, ni el teléfono. Nos quedamos sin servicios.



Yo le dije que yo le iba a ayudar, pero salí a buscar trabajo y tampoco encontré. Entonces, al verlo tan desesperado, le pedí que me llevara a Queens, y me empecé a prostituir. Al paso del tiempo, me di cuenta que ese era su objetivo y que yo no era la única mujer que tenía en esas condiciones. Me quitaba todo el dinero, yo sufría mucho, era como si me violaran cada vez que tenía que acostarme con un hombre. Y, cuando no había trabajo y llegaba a la casa sin dinero para darle, me golpeaba. Un día salí embarazada, y él me golpeó hasta que se cansó, quería que abortara, siempre me decía que no era suyo. Durante el embarazo me golpeó mucho y de todas maneras me obligaba a ir a la calle. Cuando nació mi hija le puso su nombre. Desde que nació mi hija, me amenazaba con que me iba a quitar a mi hija, y por eso aguantaba todo lo que me hacía. Al poco tiempo salí embarazada nuevamente, y se volvió a enojar mucho, pero ahora tenía dos motivos para mantenerme sometida. Me decía que si no le entregaba todo el dinero se llevaba a mis hijas y nunca las volvería a ver. Una vez que me golpeó mucho y me violó, acudí a las autoridades y lo denuncié. Le dieron una orden de restricción y me dieron una orden de protección, pero peleó el derecho de visita a las niñas. En una de esas visitas, cuando ya las niñas tenían 4 y 5 años, un día no las devolvió, era diciembre de 2007, y esa fue la Navidad más amarga de mi vida. Huyó con ellas para la Ciudad de México. 



Yo me moría de angustia, no sabía dónde empezar a buscarlas. Me horrorizaba que las fuera a prostituir. Pedí ayuda al Centro Legal del Santuario para Familias, en Nueva York, quienes hicieron las denuncias, y obtuvieron una orden de arresto y también contactaron a la CATWLAC, quiénes con el apoyo de la PGR y a través del número de teléfono de la mamá de él, lograron ubicar a mis hijas. Las retrataron y me mandaron sus fotos por internet para que las reconociera, y las rescataron. Entonces me enteré que él era parte de la “Mara” y que se dedicaba a la trata de mujeres y niñas para explotarlas sexualmente en Nueva York. El 14 de abril de 2008 me avisaron que ya tenían a mis hijas y que llegarían en el vuelo de las 6:00 de la mañana. Cuando las vi, las abracé intensamente. Me tuve que cambiar de domicilio y desde entonces trabajo en un restaurant, como mesera. He recibido terapia psicológica y mis hijas también, además de todo el apoyo legal del Santuario para Familias.



6.2.7 Caso Julia



Me llamo Julia, estuve muchos días con la mirada en blanco de quien ha visto demasiado. He tratado de dejar atrás mi pasado terrible. Pero a menudo mi mente retrocede siete años a un cuarto sombrío con un colchón pelado en el piso.

Allí, durante 12 horas al día, me sometían sexualmente a un hombre tras otro, sintiendo que la vida se me escapaba. Caía sobre el colchón por las noches sintiéndome vacía y despertaba en ese mismo infierno, al parecer inescapable.

Caí, como muchas otras mujeres y jóvenes, que llegan en búsqueda de mejores condiciones de vida, engañadas o forzadas al tráfico o trata sexual en Estados Unidos.



Algunas sabemos que tendremos que vender nuestro cuerpo, pero yo apostaba a que el dinero para ayudar a mi familia valía la pena. Pero yo nunca tuve nada. Vivía siempre con el temor de ser asesinada. Sobreviví, pero quedé marcada de por vida.



Fui una de cuatro jovencitas -entre ellas una de sólo 14 años—que pasó cuatro meses presa en varias casas del Sur de California. Con 19 años y sin hablar inglés, no sabía ni dónde estaba. Nos obligaban a callar y nos decían que la Policía nos deportaría si nos encontraba.

Nos explotaban como esclavas sexuales para un proxeneta que nos reclutaba en pueblos pobres de México prometiéndonos que ganaríamos dinero para enviar a nuestras familias.



Las casas donde estábamos tenían las ventanas siempre cerradas y con rejas. No nos dejaban ni asomarse a la calle. El teléfono lo desconectaban tras marcharse el último "cliente". Los hombres llegaban de 11 de la mañana a 11 de la noche y cada una de nosotros tenía que atender por lo menos a nueve o diez diarios, sin excepción de ninguna clase.



Mi historia comenzó en un pueblo muy pobre muy cerca de Acapulco. Éramos 10 hermanos, de padre campesino y madre lavandera.  Vivía en una choza con piso de tierra que se inundaba con la lluvia. Sólo estudié la primaria. A los 14 me casaron a la fuerza con un hombre de 28 que después de violarme le planteó a mis papás que ya nadie se casaría conmigo, y que era una manera de reparar el daño que me había ocasionad. Mis padres accedieron de mala gana. Cuando mi marido me ordenó que abortara lo dejé. Regresé a casa de mis padres decidida a tener a mi hija.



Poco después un tratante de personas me ofreció llevarme a los Estados Unidos por 750 Dólares. Yo era una madre adolescente que veía el futuro de mi hija estancado como mi propia infancia, me sentía atrapada. Huí sin pensarlo dos veces, sin siquiera decírselo a mis padres.  Al llegar a los Estados Unidos, no me dejaron buscar trabajo, me llevaron a una casa y me dijeron que cobraría $15 de los $60 dólares que pagaría cada cliente. Pero nunca me pagaron, y abusaban física y mentalmente de mí, como de las otras muchachas. Las rotaban de una casa rascuache a otra y con frecuencia pasábamos hambre.

Al cabo de cuatro meses, logré escapar en enero de 1999, cuando la Policía se apareció en una casa de Long Beach donde me tenían. Era la cuarta casa donde me habían llevado. Me atormenta pensar en mi hija y en mi hermana menor, las dos únicas que quedaron en casa cuando me fui de México. Mi hija, que ahora tiene 11 años, me ha pedido que le lleve caramelos cuando regrese.



He estado tratando de traer a mi hija, pero no he podido, porque me asusta todo el papeleo que tengo que haber frente a las autoridades mexicanas. Me asusta que un hombre la vaya a forzar como me hicieron a mí. Por eso quiero tenerla acá conmigo. Mi madre me cuenta que ya está grande. A veces quiero ser fuerte pero otras veces me entra mucho miedo, y aún otras veces me deprimo mucho.



Me siento segura en el ambiente de Los Ángeles. Trabajo en un restaurante de comida rápida. Aún no domino el inglés, estudio cuando puedo y tengo pocas amistades. Si todavía no me he suicidado es por mi hija - sólo por ella. Porque si ella no existiera, yo no tendría una razón para estar viva.


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[1] cim, OEA, oim, Inmujeres, INM, 2006, p. 9.
[2] Inmujeres. 2006.

[3] Chiarotti, S. 2003.

[4] Consultado www.undoc.org/unodc/en/crime-_ciCp_signatures_convention.html.
[5]  GURAK/CACES, 1999, pp. 81
[6]La trata de personas. Aspectos Básicos, 2006.
[7] Según el 5to Informe sobre la situación de los derechos humanos de las personas migrantes en tránsito por México, de Frontera con Justicia en Saltillo, algunos casos de migrantes sometidos a extracción ilegal de órganos (especialmente de riñones) han sido reportados en Coatzacoalcos, Veracruz. p 23
[10] Informe Especial sobre los Casos de Secuestro en contra de Migrantes, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 2009.
[11] Schmelkes, Silvia, “Visibilizar para crear consciencia”, Foro Invisibilidad y Consciencia: migración interna de niñas y niños jornaleros agrícolas en México, UAM, México, 2002.
[12] Véase el Documental Trata de personas, los niños de Nadie, realizado por CEIDAS y coeditado con un libro del mismo título en alianza con Ediciones B, donde se presentan patrones de movilidad y de traslado de las víctimas de la trata de personas, así como los puntos clave de tránsito y origen de personas.
[13] oim, COMMCA, AECID, SICA. La experiencia de las mujeres víctimas de trata en América Central y República Dominicana y la actuación de las instituciones. Estudio Regional, San José, Costa Rica, 2008, p. 26.
[14] Incluye a uno o ambos padres, hermanos, hijos(as) o esposo(a).
[15] Se refiere a los abuelos, tíos, primos, padrinos o suegros
[16] Fueron mujeres de Nicaragua, Costa Rica y Hungría
[17] oit, Oficina Regional para América Latina y el Caribe. Panorama Laboral 2007, América Latina y el Caribe. Págs. 27-31.
[18] http://www.undp.org.gt/frmtipo02.aspx
[19] http://www.undp.un.hn/reduccion_de_la_pobreza.htm
[20] Las maras suelen contar con cientos de miembros y se subdividen en grupos llamados “clicas”. Su campo de acción se extiende a Honduras, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, México y Estados Unidos.
[21] Apartado “B” de la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder, adoptada por la Asamblea General de la ONU, en la resolución 40/034, el 29 de noviembre de 1985.
[22] Treguear L. Tatiana, OIM, Comité Nacional contra la Trata de Personas, Protocolo de Atención. Albergue para la atención a víctimas de trata de personas en El Salvador, San Salvador, El Salvador, 2006, p. 6
[23] CIM, OEA, oim, Inmujeres, INM, La trata de mujeres, adolescentes, niñas y niños en México. Un estudio exploratorio en Tapachula, Chiapas, México, D.F., 2006, p. 36.
[24] Montiel Torres, Oscar, Trata de personas: padrotes, iniciación y modus operandi., México, D.F., 2007,pp. 30-31.
[25] CNDH, Informe Especial sobre los Casos de Secuestro en contra de Migrantes, p. 12, en http://www.cndh.org.mx/INFORMES/Especiales/infEspSecMigra.pdf, fecha de consulta 10 de marzo de 2012.
[26] cndh, Informe Especial sobre los Casos de Secuestro en contra de Migrantes, Toluca 12 de marzo de 2012, p.26, en http://www.cndh.org.mx/InfEspecialSecuestroMigrantes_3.pdf
[27] Pérez, Ana Lilia, Migrantes, viaje al infierno del secuestro, 30 de agosto de 2009, en http://www. periodismo.org.mx/Ganadores_antes/2009/8Orientacion.pdf.

[28] Centro de Derechos Humanos Prodh Miguel Agustín Pro Juárez A.C, Focus Nº 38, Secuestro de migrantes en México, una “tragedia humanitaria”, 22 de marzo de 2010, en http://centroprodh.org.mx/centroprodh/index.php?option=com_content&view=article&id=3%.
[29] El pase local es un permiso de internación y de tránsito con vigencia de 48 horas, emitido el Instituto Nacional de Migración a personas guatemaltecas que residen en la franja fronteriza con México.
[30] Las visas de turistas tenían vigencias entre 30 y 90 días, y fueron concedidas a la personas por los consulados mexicanos en Colombia, Costa Rica y Argentina.
[31] http://www.iom.int/jahia/Jahia/activities/americas/central-america-and-mexico/mexico, última modificación 12/03/2010.
[32] Puente Subteniente López en Chetumal y La Unión junto al río Hondo.
[33] Frontera Corozal, Carmen Xhan, Ciudad Cuauhtémoc, Las Champas, San Gregorio Chamic, Boca Lacantún, Unión Juárez, Talismán y Ciudad Hidalgo
[34] El Martillo y El Ceibo.
[35] INM, CONAPO, El Colegio de la Frontera Norte, SEGOB,STPS, SRE. Encuesta sobre Migración en la Frontera Guatemala-México 2004, México D.F., 2006, p. 23.
[36] La tormenta Stan destruyó, en el año 2005, las vías ferroviarias desde la frontera de Ciudad Hidalgo hasta el municipio de Arriaga, en Chiapas, ubicado a unos 300 kilómetros de esta localidad, lugar desde donde los migrantes ahora abordan el tren rumbo al centro y norte del país.
[37] Acuerdo Regional de Procedimientos Migratorios ca-4, integrado por Nicaragua, Honduras, El Salvador y Guatemala.
[38] Cabe aclarar ahí que las cifras incluyen los sitios donde se observaron los dos tipos de trata o bien, los casos en los que una persona fue explotada en más de un sitio, por lo que el total de casos reportados supera las 165 víctimas reportadas en este diagnóstico bien, los casos en los que una persona fue explotada en más de un sitio, por lo que el total de casos reportados supera las 165 víctimas reportadas en este diagnóstico.

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